El abogado porteño, Nicolás Juan Molinari, presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de ley para asegurar el bienestar de los animales a partir de la reforma de la norma conocida como “Ley Sarmiento“, que data de 1954. Entre sus puntos, se busca la prohibición de la “tracción a sangre” en todo el país. De aprobarse, este cambio afectaría a un servicio clave que se presta para el turismo en el Parque Provincial Aconcagua, que es la utilización de mulas para el traslado de equipaje.
La propuesta en general fue avalada por el abogado penalista Oscar Mellado, especializado en la defensa de los derechos animales en Mendoza, quien expresó que la reforma “satisface una demanda de la gente que ve una pena muy leve” en casos de maltratos y crueldad animal.
En el escrito, Molinari propuso penas de entre 6 meses a 5 años de prisión, además de multas de 15 a 60 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), para quienes efectúen las acciones consideradas “maltrato” sobre animales, entre ellas:
- No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.
- Emplear animales en condiciones abusivas o perjudiciales para su salud.
- No procurar atención médica veterinaria cuando estén bajo su responsabilidad.
- Limitar su movilidad (temporal o permanentemente) en áreas con dimensiones inadecuadas o exposición a temperaturas extremas (frío/calor intenso), poniendo en riesgo su salud, bienestar o impidiendo su comportamiento natural.
- Dejar perros solos por más de 24 horas sin supervisión adecuada.
- Abandonar a un animal bajo su responsabilidad en la vía pública o predios públicos/privados, exponiéndolo a desamparo, falta de higiene, hambre o problemas de salud evidentes.
- Estimularlos con drogas para alterar su comportamiento o rendimiento, como en competencias motivadas por apuestas.
La tracción a sangre en Aconcagua
Aparte de los actos expuestos, en el Artículo 3 BIS, se sumó la situación de la tracción a sangre, la que cumple un rol clave en la movilidad de equipo en los parques provinciales situados en la alta montaña.
Entre estos, el caso más destacado es el del Parque Aconcagua, que según los guardaparques que trabajan allí, el número de mulas encargadas para transportar distintos materiales, tanto de turistas como de otra índole, oscila entre 900 y 1000.
La denuncia de problemas en torno a estos animales tocó un punto crítico cuando en enero de este año se registraron 70 mulas con heridas graves, desnutrición y viviendo en condiciones que atentaban contra su bienestar.
Mientras que la última polémica en torno a las condiciones de estos animales en esta zona ocurrió cuando los profesionales del Colegio de Veterinarios decidieron romper su contrato con el Gobierno de la Provincia y abandonaron sus responsabilidades en el Parque Aconcagua.
El abogado mendocino comentó que “ya es hora de que (las mulas) hagan su vida y estén pastando”.
Además, señaló que el departamento de Godoy Cruz fue “la punta en control” en el uso de animales para transportar carga, mientras Alfredo Cornejo, actual gobernador mendocino, ejercía como intendente godoycruceño. Por su parte, la Ciudad de Mendoza, por medio de una ordenanza, prohibió la tracción a sangre en todo su territorio.
El proyecto mendocino
Mientras avanza la propuesta en la Capital Federal, en Mendoza otro proyecto ya se encuentra esperando ser analizado en comisiones por los legisladores mendocinos.
Se trata de una propuesta del diputado Emanuel Fugazzotto, representante del Partido Verde, que busca prohibir la tracción a sangre en toda la provincia, enfocada tanto en el apartado de las mulas en el parque provincial, como la situación de los caballos que arrastran carretelas en el Gran Mendoza.
El legislador explicó que el proyecto tiene como objetivo “evitar con la explotación animal” en toda la provincia, y para esto, buscan aplicar un “proceso de adaptación para sacar a las mulas del terreno”. Como remplazo, este proyecto planteó la implementación de otros medios de transporte de equipo en la alta montaña, como drones o cuatriciclos.
Sobre el Parque Aconcagua, el diputado del Partido Verde, consideró que “dejó de ser un área protegida para transformarse en un ‘shopping'”, donde las mulas “son víctimas de maltratos y de jornadas laborales agotadoras”.
Por otro lado, la tracción a carga en zonas urbanas es el otro factor que se intenta prohibir, para esto, Fugazzotto describió la hipotética puesta en marcha de un “programa de responsabilidad social” en donde las personas que dependen de estos animales para poder realizar su tarea económica podrán recibir “medio de movilidad sustentable”, que sería una bici con carro.
Mientras que el animal tendría como destino sumarse a programas de equinoterapia, o incorporarse a la Policía Rural.
Sobre la situación actual del área metropolitana, el diputado definió que “hay una retirada de controles” en general, donde una persona con una carretela “pasa de un departamento a otro sin problemas”.
Desde la Secretaria Ambiente y Ordenamiento Territorial del Gobierno de Mendoza, definieron que “hay que esperar a las cosas sucedan”, en referencia a la consolidación de proyectos nacionales y provinciales, para definir cuál será el accionar del órgano de control. Por ejemplo, en caso de que la propuesta de Molinari logre llegar a convertirse en ley nacional, la Provincia decidirá si se adhiere o no a la norma.
El Sol intentó contactar con las diferentes empresas que ofrecen paquetes turísticos en el parque provincial, pero no consiguió respuestas.
Las penas que se sugieren contra la crueldad animal
El proyecto estipula castigos para los actos de crueldad animal:
- Practicar vivisección (experimentación quirúrgica en animales vivos sin anestesia).
- Intervenir quirúrgicamente sin anestesia o sin ser médico/veterinario (excepto emergencias debidamente justificadas).
- Experimentar con animales, incluyendo:
- Fines científicos, investigaciones o testeos de productos (prohibición total).
- Lastimar o atropellar animales de forma intencional o por negligencia grave.
- Organizar o participar en espectáculos que maltraten animales, como:
- Riñas de animales (peleas de perros, gallos, etc.).
- Corridas de toros, novilladas, jineteadas.
- Carreras de perros u otros eventos con sufrimiento animal.
- Rituales o espectáculos donde se mate, hiera o torture animales.
- Aplicar eutanasia injustificada, incluyendo:
- Uso como método de control poblacional.
- Sacrificio sin certificado veterinario que acredite sufrimiento incurable.
- Prohibición especial: Eutanasia en caballos de polo/carreras por lesiones tratables.
La aplicación de la eutanasia sería permitida únicamente si es avalada por un médico veterinario que debería expedir un certificado para notificar su decisión y la situación del animal en los momentos previos a su defunción.
Sobre el punto de la eutanasia, Mellado destacó a Mendoza como “una pionera en la prohibición de su uso para el control poblacional de la fauna”.
