Una decisión del Gobierno provincial puso en jaque a beneficiarios de viviendas sociales: una pareja que había recibido una unidad del IPV en el barrio Eusebio Blanco, en Ciudad de Mendoza, perdió la adjudicación porque admitió no haberla habitado. La revocación fue oficializada mediante decreto publicado en el Boletín Oficial, lo que marca un precedente con alcance real, para otros adjudicatarios que están en la misma situación.
Mendoza cuenta con un déficit que supera las 100.000 viviendas y planes de acceso escasos. La población afectada pertenece a la clase social más baja, pero también a la clase media que hoy tiene muy pocas opciones para acceder a la vivienda propia. En ese escenario aparecen las viviendas sociales, que fueron pensadas para esa porción, en su mayoría inquilina, que está imposibilitada de acceder a créditos hipotecarios bancarios.
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El caso difundido ayer, donde una pareja perdió su vivienda del IPV al quedar demostrado que no era habitada por los beneficiarios del plan, sienta un precedente. Los adjudicatarios reconocieron que, desde el momento mismo del otorgamiento, residían en otra propiedad y que el departamento adjudicado había sido alquilado. Bajo ese reconocimiento, el organismo consideró que la obligación de “ocupación efectiva” no se cumplió, por lo que procedió a desadjudicar la vivienda.
“La desadjudicación no tiene que ver con la mora, sino con un uso indebido porque el beneficiario del crédito del IPV hizo un negocio comercial alquilándolo a través de las plataformas de alquiler temporario. Es un mensaje para la gente que se quiere aprovechar del Estado, detectamos esos casos y actuamos”, expresó el titular del Instituto Provincial de la Vivienda, Gustavo Cantero.
En Mendoza , este año hubo 685 casos de pedidos de desadjudicación por diversos motivos, el 90% por mora y el restante por ocupación o uso irregular. De ese total, 337 se resolvieron y 348 se están tramitando. En el caso del emprendimiento ubicado en Eusebio Blanco, son 7 las adjudicaciones de departamentos que se encuentran en revisión. “Tres se encuentran en Asesoría de Gobierno, una fue sacada por decreto, otra apeló y se encuentra en la Corte, 2 casos más se encuentran en proceso, mientras que, solo una se resolvió dándole la razón al adjudicatario”, manifestó Cantero.
La medida llevada a cabo por el organismo provincial representa un cambio de enfoque, ya no bastará con estar al día con las cuotas sino que debe ser habitada. Eso puede incentivar a que las viviendas sociales lleguen a quienes realmente las necesitan, y desalentar adjudicaciones con fines de inversión, alquiler o simple especulación.
El argumento central se apoya en la denominada “doctrina de los actos propios”: quienes reconocen voluntariamente una situación (no habitar) no pueden luego reclamar mantener la adjudicación.
“Hemos logrado que el recupero del IPV vaya aumentando, la mora vaya bajando, hoy estamos en el 37%, empezamos con el 57%. Es una cuestión cultural, muchos años se habló de que el Estado tiene que regalar la casa, nosotros hablamos de ayudarte a tener una casa, pero la tenés que pagar”, agregó Cantero.
Qué sucede con las viviendas desadjudicadas
Una vivienda del IPV deja de estar adjudicada a quien la tenía, cuando el beneficiario incumple las condiciones del programa (no paga cuotas, no habita realmente la vivienda, la alquila o la cede sin autorización). La normativa del IPV establece que esas viviendas deben destinarse a “vivienda única y permanente del grupo familiar”.
“Cuando detectamos una ocupación irregular, vamos a la casa y ofrecemos regularizar la situación. Si no tenés casa, no estás inhibido y cumplís con los requisitos del IPV, actualizamos y pasamos el crédito a tu nombre. En el 99% de los casos, la gente paga, entonces lo solucionamos de esa forma, en muy pocos casos y en muy pocas ocasiones la gente que vive ahí no quiere quedarse con la casa”, explicó Cantero.
En el caso de los adjudicatarios originales, que no cumplieron con lo dispuesto en el contrato de adjudicación, quedan exceptuados de por vida para acceder a otro beneficio relacionado a la adquisición de viviendas sociales.
