A través de un nuevo decreto, el Gobierno provincial desestimó un recurso de alzada interpuesto por una empresa que reclamaba el pago de intereses moratorios por una serie de facturas del Hospital El Sauce. La decisión del Ejecutivo, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, confirma las resoluciones previas del nosocomio y cierra un largo proceso administrativo.
La empresa había presentado un reclamo por intereses generados, según su argumento, debido a la demora en el pago de una readecuación de precios de un contrato. Sin embargo, el Gobierno, tras un detallado análisis de los plazos y la documentación, determinó que el reclamo carecía de sustento legal.
Cronología y pagos en tiempo y forma
El expediente, que incluye informes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Deportes y de Asesoría de Gobierno, analizó la cronología de los pagos realizados por el hospital. Los documentos muestran que los abonos se hicieron dentro de los plazos establecidos por los pliegos de condiciones:
- Pago de $ 593.800: abonado 52 días después de la resolución.
- Pago de $ 654.336,23: abonado 16 días después de la notificación a la empresa.
- Pago de $ 1.167.208,57: abonado 15 días después de la resolución.
Según el decreto, la fecha clave para el inicio del cómputo del plazo de pago es la de la notificación de la resolución administrativa, no la de emisión de las facturas. Como la empresa recibió los pagos sin reservas y dentro de los términos establecidos por la normativa provincial, no se pudo comprobar una situación de mora por parte de la Administración Pública.
Un reclamo sin base jurídica
El dictamen oficial subraya que “no es factible, desde el punto de vista jurídico, que con anterioridad a la fecha de ‘nacimiento’ del crédito reconocido a la Contratista, se emitan facturas o comiencen a correr plazos fijados para el pago“. La Ley de Procedimiento Administrativo N° 9003 respalda esta posición, al establecer que la notificación del acto administrativo es la que da validez y efectos legales a la transacción.
En consecuencia, el recurso de alzada de la firma fue aceptado formalmente —por haber sido presentado en tiempo y forma— pero rechazado de manera sustancial, ya que los argumentos de la empresa no eran válidos. Con esta decisión, el Gobierno provincial ratifica la legalidad de la gestión del Hospital Escuela de Salud Mental “El Sauce” y cierra el caso, confirmando que no existen intereses moratorios pendientes.
