Este miércoles se promulgó la Ley 9727, conocida como Ley Antiaguantaderos, que establece un régimen provincial para intervenir de manera preventiva aquellos inmuebles que representen un riesgo para la seguridad pública, la convivencia ciudadana o la integridad de las personas.
La norma había sido sancionada de manera definitiva por el Senado el 8 de septiembre y ahora quedó formalmente incorporada al marco legal provincial.
La nueva legislación le otorga al Ministerio de Seguridad y Justicia, conducido por Mercedes Rus, la facultad de disponer intervenciones sobre propiedades utilizadas para el acopio, fraccionamiento, guarda o comercialización de estupefacientes, así como para la planificación o ejecución de delitos.
También contempla inmuebles relacionados con actividades delictivas o que, por su abandono, deterioro, destrucción o estado de conservación, generen riesgos para los vecinos y el entorno.
El régimen permite adoptar distintas medidas según las características de cada caso: sellado o precinto de accesos, tapeo, cerramiento, clausura parcial o total y demolición total o parcial controlada.
La ley establece que estas intervenciones tendrán carácter preventivo, provisional, temporal y proporcional y que no serán consideradas sanciones ni implicarán, por sí mismas, una afectación al derecho de propiedad. La demolición podrá utilizarse cuando sea necesaria para evitar daños a personas o bienes públicos.
Cómo podrá actuar Seguridad sobre los inmuebles
El procedimiento podrá comenzar de oficio o a partir de pedidos de vecinos, municipios, organismos públicos o privados, además de requerimientos judiciales. Antes de resolver la intervención, Seguridad deberá reunir información sobre el inmueble mediante informes policiales y municipales, incluyendo su estado, antecedentes de ocupación, situación dominial y otros datos relacionados con el riesgo detectado.
La resolución inicial deberá estar fundada y será notificada al propietario, titular registral o a quien invoque derechos sobre la propiedad. Los interesados tendrán cinco días para presentarse ante el Ministerio. Luego, el municipio correspondiente tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para determinar las medidas que considere necesarias dentro de sus competencias. Con ese informe, Seguridad dictará una segunda resolución en la que definirá concretamente qué intervención se llevará adelante.
La ley también establece un mecanismo para situaciones de riesgo grave o inminente. Si existe peligro para la integridad de las personas, la seguridad pública, la convivencia o riesgo cierto de ruina o derrumbe, la autoridad de aplicación podrá ejecutar de manera urgente las medidas indispensables para neutralizarlo. En esos casos deberá dejar constancia detallada de la situación y, dentro de las 48 horas hábiles posteriores, dictar una resolución fundada que respalde la intervención.
Uno de los límites establecidos por la norma es que no podrá utilizarse el procedimiento administrativo cuando el inmueble se encuentre ocupado con carácter permanente. En esos casos deberá intervenir la Justicia. La ley tampoco habilita desalojos administrativos: cuando estén involucrados derechos de personas que ocupan una propiedad, la situación deberá ser judicializada.
Las intervenciones serán revisadas una vez por año y podrán levantarse cuando desaparezca la causa que las originó. Además, el titular registral podrá solicitar su levantamiento de manera fundada. Si durante una inspección aparecen indicios de delitos, Seguridad deberá comunicarlo al Ministerio Público Fiscal provincial o federal, según corresponda.
La Ley 9727 también crea un Registro Provincial de Inmuebles Intervenidos con fines de seguridad pública y ciudadana, que tendrá carácter reservado. Los municipios podrán participar mediante convenios con la Provincia y asumir la ejecución material de las medidas y la remediación de los entornos afectados. La norma establece además que podrán reclamar al titular del inmueble los gastos realizados.
La ley toma como antecedente el protocolo de intervención preventiva administrativa que el Ministerio de Seguridad y Justicia comenzó a aplicar en octubre de 2025. Con su promulgación, ese mecanismo pasa a contar con un régimen establecido por ley provincial y con un procedimiento específico para intervenir propiedades consideradas riesgosas o vinculadas con actividades delictivas.
