La titular del Concejo Deliberante de Maipú y ex senadora provincial azul, Miriam Gallardo, es la persona que postuló el gobernador Francisco Pérez para suceder al renunciado juez de la Suprema Corte local Carlos Böhm. Desde la oposición se resisten a esta postulación haciendo referencia a la escasa experiencia de Gallardo en el ámbito judicial y además critican al mandatario por “arreglar la interna partidaria” con los pliegos que presentó. Los opositores se quejan y hablan de un “atropello institucional”.

Sin embargo, Pérez está firme en su decisión y aseguró que Gallardo es una “abogada administrativa con vasta experiencia” y “una de las personas que más sabe de cuestiones electorales”, teniendo en cuenta que es la apoderada legal del PJ.

El curriculum de la presidenta del Concejo Deliberante de Maipú muestra que se recibió de abogada en la Universidad Nacional de Buenos Aires y que realizó una maestría en Análisis, Derecho y Gestión Electoral. Si bien desarrolla su profesión desde el año 1994 hasta la fecha, la dirigente siempre estuvo más ligada al ámbito político que al de la Justicia.

El presidente del Colegio de Abogados, Hugo Luján, emitió su opinión personal y aseguró que es fundamental la experiencia profesional y también en la magistratura para ocupar un cargo de esta investidura a la hora de “impartir justicia, teniendo en cuenta que por lo general los fallos de la Suprema Corte son inapelables”. Hasta aquí la ex senadora sólo se ha desempeñado como abogada. 

Como ejemplo de experiencia y conocimiento, el presidente del Colegio de Abogados citó a la jurista Aída Kemelmajer de Carlucci, quien tiene una larga trayectoria en el ámbito con reconocimientos internacionales. En este caso, en el CV de Gallardo no figuran distinciones por su ejercicio profesional. 

Pero, ¿qué dice la Constitución provincial? El artículo 152 de la Carta Magna señala los requisitos que se deben cumplir para ser miembro de la Suprema Corte y procurador:

1 – Haber nacido en territorio argentino o ser hijos de padres nativos, habiendo optado por la ciudadanía de sus padres, si hubiere nacido en territorio extranjero.

2 – Haber cumplido 30 años de edad y no tener más de 70.

3 – Ser abogado con título de universidad nacional y con 10 años de ejercicio de la profesión u 8 de magistratura.

De acuerdo a su Curriculum Vitae, la concejal cumple con los requisitos legales para ocupar el cargo para el que ha sido postulada pero varios la cuestionan por la falta de experiencia. Sin embargo, el presidente de la Asociación de Magistrados, Ariel Hernández, explicó que aparte de lo establecido en la Constitución, un ministro de la Corte “toma muchas decisiones más allá de confirmar o no una sentencia”. En ese sentido citó como ejemplo la intervención de la justicia en un conflicto político como es el del financiamiento de las PASO.

“El Poder Judicial es gobernado por la Corte, no solamente se tiene que tener en cuenta la cuestión jurisdiccional”, explicó Hernández. “La Corte define las políticas para prestar el servicio de justicia a la ciudadanía”, agregó. Para el presidente de la Asociación de Magistrados hay que poner el acento en la “experiencia de vida y de manejo de situaciones y en la riqueza en experiencia institucional de un sistema”.

Por su parte, el titular del gremio de Judiciales, Carlos Ordóñez, aportó su visión sobre el perfil para un ministro de la Corte. “Debe ser una persona profundamente democrática y no tiene que ser dependiente de las corporaciones económicas”. El gremialista hizo hincapié en que la postulante debe abocarse a construir un “modelo de justicia participativo”.