La Procuración de la Corte Suprema de Justicia dictaminó a favor de la candidatura del gobernador Rodolfo Suarez como senador nacional suplente. La demanda había sido elevada al máximo tribunal del país por la fuerza Vamos Mendocinos, luego de que cosechara distintas negativas preliminares. 

La discusión por los requisitos para ser senador nacional y la constitucionalidad de la postulación del gobernador mendocino se viene dilatando en el último mes, desde la presentación de los candidatos. Vamos Mendocinos, la alianza electoral que nuclea al Partido Demócrata, a un sector de la Coalición Cívica, al Mendoexit y a agrupaciones liberales, arriesgó con una presentación judicial que ya se define en el máximo tribunal del país. 

En la resolución, que no es vinculante, el procurador Eduardo Casal estableció que los requisitos para ser senador nacional son aquellos que dicta en este caso la Constitución Nacional, contra los argumentos de la fuerza opositora que aduce que esa postulación está en contradicción con la Constitución de Mendoza.

Así, el procurador recordó que “ni el artículo 55 de la Constitución Nacional, ni los artículos 60 y 60 bis del Código Electoral Nacional contemplan la posibilidad de que las normas provinciales establezcan condiciones adicionales para ser senador nacional”. Aún más, el funcionario judicial sostuvo que el Código Electoral es bien taxativo en cuanto a los requisitos y no deja margen para que las provincias fijen otras condiciones. 

Casal señaló en sus argumentos que una cláusula de inhabilitación o de incompatibilidad establecida por una constitución provincial -como lo establece el artículo 115 de la carta magna local, que estipula que recién el gobernador saliente se puede presentar en una elección para el Senado  un año después de su mandato- no es un impedimento que esté contemplado en la norma nacional. En otras palabras, Suarez está habilitado para ser candidato.

En definitiva, Casal sostiene que el artículo 115 “resulte inoponible a la precandidatura a senador nacional del gobernador de esa provincia, en tanto ni la CN ni las leyes nacionales impiden que se postule a dicho cargo por el hecho de ostentar actualmente la titularidad del Poder Ejecutivo provincial”. Y de la misma forma sostuvo que el artículo 73 de la CNno veda la posibilidad de que un gobernador se postule“. 

En tanto, desde la oposición esperan la decisión de la Corte. 

Esa opinión es tan valedera como la de la Cámara Federal, son obligatorias pero no vinculantes. La Corte puede tomar otra decisión“, señaló Aldo Vinci, quien remarcó que la candidatura “no es legítima, no es ética y que en todo caso debería haber renunciado para presentarse como candidato”.

“Lo que hay ahora es una confrontación de dos constituciones, pero las condiciones que impone la Constitución nacional son para la generalidad y entendemos todavía la provincial puede establecer ciertas condiciones“, explicó el apoderado del Partido Demócrata, quien señaló que si la Corte termina dando la razón al Gobierno de Mendoza “podremos no coincidir, pero acataremos la decisión”.