El Gobierno anunció la creación del Registro Provincial de Infractores de Bosques Nativos de la Provincia de Mendoza, el cual se encuadra en la Ley provincial 8195, la cual establece contar con un control de este tipo.
La Ley 8195 establece que “quienes incumplan con las personas físicas o jurídicas, ya sean públicas o privadas que haya sido infractora a regímenes o leyes, forestal o ambiental, en el ámbito nacional o provincial, no tendrán autorización para realizar tareas de desmonte o aprovechamiento sostenible”.
De esta manera, quienes estén incluidos en este registro, no tendrán autorización de la provincia para realizar este tipo de trabajos.
La autoridad a cargo del registro será la Dirección de Recursos Naturales Renovables la cual enviará la información a la autoridad nacional de aplicación y verificar su inclusión en el Registro Nacional de infractores.
En tanto, los datos recopilados en la provincia será de dominio público, por lo que los ciudadanos podrán acceder a él en cualquier momento.
