El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) aprobó una importante modificación en la normativa sobre desalcoholización de vinos, con el cual busca “ganar competitividad en los mercados”.

A mediados del 2024 el Gobierno ya había aprobado como práctica lícita el proceso por el cual se reduce o se quita totalmente el porcentaje de alcohol que tiene la bebida.

Este martes, mediante la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, el organismo habilitó el uso de tecnologías certificadas internacionalmente para reducir el contenido alcohólico de los vinos, con el objetivo de “mejorar la competitividad del sector en los mercados globales”.

Hasta ahora, la normativa permitía únicamente el uso de equipos específicamente autorizados por el INV. Sin embargo, la nueva medida incorpora una apertura significativa: se podrán utilizar tecnologías avaladas por certificaciones internacionales, siempre que sean emitidas por organismos de control reconocidos en jurisdicciones con altos estándares de seguridad alimentaria.

La decisión representa un cambio de enfoque respecto a la Resolución 5/2024, que limitaba la incorporación de innovaciones tecnológicas en este campo. El nuevo texto exige a los productores presentar una declaración jurada ante el INV, en la que se acredite que los equipos utilizados cuentan con certificaciones válidas y que el procedimiento asegura la preservación de las características organolépticas y físico-químicas del vino.

La iniciativa responde a la necesidad de adaptar la normativa nacional a las exigencias del comercio internacional. Según señala el propio decreto, las restricciones previas constituían una barrera para el desarrollo del sector vitivinícola, al impedir el acceso a herramientas ampliamente utilizadas en los principales mercados del mundo.

El INV conservará la potestad de auditar, inspeccionar y verificar la información declarada por las bodegas, así como los procesos productivos involucrados.

La resolución