El Gobierno de Mendoza envió a fines de la semana pasada al Senado una nueva ley de cannabis para regular su producción y reformular la agricultura mendocina con una planta que, hasta hace unos años, era palabra y práctica prohibidas.

El gobernador Alfredo Cornejo adelantó a El Sol que la iniciativa generó cierto debate en el gabinete provincial, pero que finalmente terminaron excluyendo la comercialización de la flor del proyecto.

Mendoza ya contaba con una ley de uso medicinal del cannabis, que fue sancionada por la Legislatura en 2020, pero era simplemente la adhesión a la norma nacional 27.350. En Nación se reglamentó en 2023, pero en Mendoza esperaban tener más certezas, ya con algunos proyectos incipientes como en Santa Rosa.

Sin embargo, el sector privada y la cámara de empresarios cannábicos mostraba algunas críticas a la norma provincial porque demandaba ciertos aspectos, como la seguridad, que difícilmente podían cumplir pequeñas y medianas empresas.

En sus argumentos, el Ejecutivo propuso “la creación de un marco jurídico e institucional específico” para la industria del cáñamo y del cannabis medicinal, con la premisa de “impulsar el desarrollo de capacidades productivas, promover el impulso de las economías regionales“.

Es decir, con un claro objetivo industrializador, ya que entienden que la provincia tiene “claras ventajas comparativas” y “las propicias condiciones climáticas y de suelo” para que la industria se desarrolle en Mendoza.

Una industria bajo control estatal

La norma también busca crear un Registro de Cannabis y de Cáñamo provincial que oficiará de contralor de la actividad en la producción, distribución y la comercialización del cannabis con fines medicinales e industriales.

Esta instancia será la que otorgue las autorizaciones y licencias para el uso de la planta, las semillas y de los productos derivados del cannabis.

Al igual que sucede con la minería en Malargüe, el Gobierno se propuso “ampliar la matriz productiva e incentivar la inversión privada“.

Lo llamativo es que mientras a nivel nacional el espíritu desregulador quiere desprender al Estado de más tareas, la norma en este caso impulsa la creación de programas provinciales y municipales para la investigación, producción e industrialización de la planta.

Uso medicinal

El proyecto consta de 17 artículos y establece que el Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación, pero en coordinación con el Ministerio de Producción y el Iscamen, entre otros organismos.

Uno de los núcleos centrales de la ley es que se autoriza “a sembrar, cultivar, transportar, almacenar y producir inflorescencias de cannabis y sus derivados” con fines medicinales tanto a personas humanas como asociaciones civiles, fundaciones y ONG. Pero tendrán que inscribirse de manera obligatoria porque será un cultivo controlado.

El Gobierno asegura en el texto que se mantendrá la confidencialidad de los datos personales.

También habilita el cultivo para un tercero. En cada caso, habrá un certificado oficial que autorizará el acceso al cannabis medicinal.

La producción y control de calidad tendrá que realizarse por laboratorios públicos o privados, de las universidades públicas, establecimientos productivos, farmacias que cumplan con los requisitos y estén inscriptos en el órgano de contralor.

Sanciones

La norma impulsada por el Gobierno de Mendoza también estipula sanciones.

Entre ellas, un apercibimiento pero también multas que serán definidas según la gravedad de la infracción y las circunstancias del caso. La multa mínima será de cien Unidades Fijas y la máxima de un millón de Unidades Fijas.

Los comercios también arriesgan la clausura total, parcial, temporal o definitiva de la plantación y el establecimiento, según la gravedad de la falta y la reiteración.

A la vez, se estipula el decomiso de los productos en infracción y de los compuestos en que intervengan.

Las tasas

Por otro lado, quienes produzcan cannabis también tendrán que abonar tasas.

La inscripción para el cultivo con fines medicinales para personas tendrá un costo de 50 unidades fiscales.

La inscripción para el cultivo que realizarán las asociaciones civiles, fundaciones, ONG u otros establecimientos tendrá un valor de 300 unidades fiscales.

La inscripción para producir cannabis con fines medicinales, terapéuticos, paliativos del dolor o industriales costará 450 unidades fiscales.

El valor de la inspección del cultivo hasta 40 horas será de 40 unidades fiscales.

Y también se facturará por gastos de traslado de más de 50 kilómetros: 30 unidades fiscales.

Este es el proyecto oficial que, de aprobarse en la Legislatura, será reglamentado a partir de los 90 días.