El gobernador Rodolfo Suarez confirmó que a partir de este miércoles 15 de abril será obligatorio el uso de tapabocas en Mendoza, sumándose así a otras provincias que ya implementaron esta medida y ya en la segunda fase de la cuarentena que atraviesa el país ante la pandemia de coronavirus. Además, se estableció que quien salga a la calle sin esta protección facial, recibirá una fuerte sanción monetaria. Y de la misma manera, los barbijos quirúrgicos sólo podrán ser vendidos en los comercios a personal que se desempeña en áreas de la salud y de la seguridad.
“A partir de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, he firmado hoy el Decreto 518 que establece, desde el próximo miércoles 15 de abril, el uso obligatorio de elementos de protección facial que cubran nariz, boca y mentón”, aseguró Suarez en Twitter. La norma será publicada este martes en el Boletín Oficial, según indicaron desde Casa de Gobierno.
¿Que se entiende por elementos que brinden protección facial? Tapabocas, bandanas, pañuelos buff, cuellos multifuncionales y barbijos caseros.
Obligatorio hasta en el colectivo
“El uso es obligatorio para quien circule en la vía pública, ingrese o permanezca en locales comerciales, o dependencias de atención al público, sin excepción. El incumplimiento de la medida establecida será penado con multa para el infractor”, agregó.
De la misma manera, tampoco se podrá acceder al transporte público si no es con este elemento de protección de nariz y boca que previene la emisión de gotas de saliva al hablar, lo que provocaría el contagio del virus COVID-19.
El uso es obligatorio para quien circule en la vía pública, ingrese o permanezca en locales comerciales, o dependencias de atención al público, sin excepción. El incumplimiento de la medida establecida será penado con multa para el infractor.
— Rodolfo Suarez (@rodysuarez) April 13, 2020
Fuertes multas
Precisamente, la norma establece fuertes sanciones económicas para quienes no cubran nariz, boca y mentón para circular en la vía pública, ingresar o permanecer en locales comerciales, en dependencias de atención al público y en medios de transporte público.
El infractor deberá pagar $5.000 si circula por la vía pública sin su protección facial; $10.000 para quien no lo tenga en el interior de un comercio o centro de atención privada y $50.000 si no lo utiliza en un super o hipermercado.
El pago de las multas será destinado a las áreas de Salud de la Provincia o del Municipio, de acuerdo a quién hubiese confirmado la infracción. Los municipios también deberán controlar su implementación.
Por último, los barbijos quirúrgicos sólo podrán ser comercializados para el uso del personal de la salud o de la seguridad. Esto, en función de que los recursos no se agoten y sólo se utilicen para aquellos trabajadores exceptuados, principalmente, los que se desempeñan en hospitales y centros de salud.
De esta manera, Mendoza se suma a otras provincias en la obligatoriedad del uso del tapabocas. La última en sumarse fue este domingo la Ciudad de Buenos Aires, que figura primera en la lista con mayor cantidad de infectados. En Mendoza, la municipalidad de General Alvear fue la primera en disponer la medida a partir de este lunes.
