El Gobierno de Mendoza dio un paso más en la implementación de la Ley Provincial 9.617 al oficializar el procedimiento que deberán cumplir todos los proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y aplicación productiva vinculados al cannabis medicinal y al cáñamo industrial.
La medida fue establecida mediante la Resolución 428 del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial y busca ordenar desde la presentación de las iniciativas hasta su evaluación, aprobación, registro y fiscalización.
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La reglamentación establece un marco único para garantizar que las investigaciones cumplan criterios científicos, sanitarios y ambientales. Además de exigir estándares de calidad, la norma incorpora mecanismos para asegurar la trazabilidad de los materiales utilizados, la bioseguridad de los procesos y el control permanente por parte del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial.
Quiénes podrán presentar proyectos
La resolución define qué instituciones y personas estarán habilitadas para desarrollar investigaciones en la provincia. Podrán hacerlo universidades públicas y privadas reconocidas oficialmente, organismos estatales dedicados a la ciencia y la tecnología, instituciones educativas, laboratorios autorizados y personas físicas o jurídicas que acrediten convenios de colaboración científica con entidades reconocidas.
Las investigaciones podrán abarcar desde aplicaciones medicinales, terapéuticas, veterinarias, nutricionales y cosméticas hasta proyectos destinados al desarrollo del cáñamo industrial para producir fibras, biomateriales, bioplásticos, materiales para la construcción y otros bioinsumos. También se incluyen iniciativas de innovación tecnológica, programas académicos, prácticas profesionalizantes y proyectos de transferencia de conocimiento.
Un proceso de evaluación obligatorio
La guía técnica aprobada por el Gobierno establece que todos los proyectos deberán superar una evaluación científica antes de obtener autorización. Entre los aspectos que analizará la autoridad de aplicación figuran la solidez metodológica, la viabilidad técnica, los protocolos de bioseguridad y el impacto potencial de la investigación.
Una vez aprobada la iniciativa, el proyecto deberá inscribirse obligatoriamente en el Registro Provincial mediante una resolución ministerial. Sin ese trámite no podrá iniciarse ninguna actividad vinculada con la investigación.
Los once requisitos que deberá contener cada investigación
La reglamentación también fija una estructura mínima obligatoria para todos los proyectos. Cada propuesta deberá incluir un título, un resumen ejecutivo, la identificación y justificación del problema de investigación, el marco teórico, los objetivos, la metodología, los aspectos éticos, la bibliografía, el plan de trabajo con recursos y cronograma, los antecedentes del equipo investigador y los resultados esperados.
La guía incorpora además criterios metodológicos específicos para la formulación de hipótesis, la selección de muestras, la definición de variables, el diseño de estudios cuantitativos o cualitativos y la planificación de las distintas etapas de ejecución.
Informes trimestrales y sanciones
Los responsables de los proyectos deberán presentar informes de avance trimestrales y permitir inspecciones técnicas para verificar el cumplimiento de las condiciones de bioseguridad, trazabilidad y protección de datos.
La normativa prevé un régimen de sanciones escalonado para quienes incumplan las obligaciones. Las penalidades van desde apercibimientos y multas hasta la suspensión de los proyectos, la clausura de establecimientos o plantaciones, el decomiso de materiales y la revocación definitiva de la inscripción provincial cuando existan reincidencias o riesgos para la salud pública.
