Desde la implementación del aislamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deben permanecer en sus domicilios y abstenerse de salir de los mismos a menos que sea absolutamente necesario. En tanto, aquellas personas que están exceptuadas de la medida deben presentar un formulario según la actividad que deben realizar.

La medida impuesta por el gobierno nacional rige desde el primer minuto del 20 de marzo y se extenderá hasta el último día del mes inclusive. La misma busca proteger la salud pública de las personas y evitar la propagación del coronavirus.

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Aquellas personas que deben salir de sus hogares para ir a trabajar o asistir a algún familiar enfermo deberán presentar las siguientes documentaciones, según la actividad que realice:

Trabajadores exceptuados

Aquellas personas que por su actividad se encuentren dentro del grupo exceptuado o deban asistir a un mayor deberán llevar un certificado que lo acredite.

La Resolución 219/20 establece que los empleadores deberán proveer al personal que deba continuar prestando tareas de una certificación para ser exhibida en caso de requerimiento por parte de controles policiales, en la que conste:

  • Nombre, número de teléfono y demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa.
  • Nombre, número de documento y domicilio del trabajador y su calificación como personal esencial.
  • Domicilio del lugar de trabajo.

Ver también: Cómo obtener el certificado para circular en Mendoza

Con respecto a los cuentapropistas, como es el caso de dueños de ferreterías, farmacias, comercios de cercanía, deberán trasladarse con la constancia de inscripción en AFIP, copia de habilitación municipal y/o documentación del comercio o prestador de servicios para acreditar su condición.

Transportistas

El Ministerio de Transporte de la Nación aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los trabajadores afectados a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, GLP y producción y distribución de biocombustibles. 

La certificación deberá ser presentada en los correspondientes controles que se realizan tanto en la provincia como en todo el territorio nacional.

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Excepciones para la asistencia de personas mayores

Cuando se trata de excepciones vinculadas a la asistencia de personas mayores, el/la cuidador/a, ya sea un familiar o cuidador/a profesional, que tenga a su cargo la realización de tareas de asistencia, apoyo y/o cuidado en las actividades de la vida diaria.

La persona deberá llevar consigo la declaración jurada para poder presentarla en los eventuales controles junto a su DNI.

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Traslado de niños de padres separados

El gobierno nacional determinó una serie de excepciones para la asistencia y traslado de niños, niñas y adolescentes por parte de sus progenitores o tutores durante la cuarentena.

Según establece la normativa, quien tenga a su cargo realizar el traslado deberá tener en su poder una declaración jurada con el Documento Nacional de Identidad del menor.

Son consideradas situaciones de excepción cuando al momento de entrar en vigencia el aislamiento obligatorio, el niño, niña o adolescente “se encontrase en un domicilio distinto al de su centro de vida, o al más adecuado al interés superior” del menor para cumplir con la medida. La norma establece que este traslado puede ser realizado por única vez.

También se contempla el traslado en el caso en que uno de los padres estén vinculados a los trabajadores exceptuados de cumplir con la normativa -artículo 6° del Decreto N° 297/20-, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño.

Finalmente, otra excepción es “cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor”.

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Qué se necesita para viajar en transporte público

Para trabajar:

  • DNI.
  • Certificado que debe otorgarle su empleador.

Para atender a mayores:

  • DNI.
  • Declaración jurada para asistir a personas mayores.
  • Si sos cuidador/a profesional debés contar con un certificado de tu empleador.

Para traslado de niñas/os y adolescentes:

  • DNI propio y del niño/a o adolescente que traslada.
  • Declaración jurada para asistencia a niños/as y adolescentes.