El gobierno de Mendoza incrementó las sanciones para aquellas personas que provoquen incendios forestales. Las mismas podrían ascender hasta $2.380.000 según los daños y perjuicios ocasionados.
El incremento en los montos de las multas se produjo a través de la modificación del artículo 17 de la Ley 6099 de prevención y lucha contra incendios en zonas rurales.
La Dirección de Recursos Naturales Renovables -de quien depende el Plan Provincial de Manejo del Fuego- será la encargada de graduar la multa teniendo en cuenta la gravedad de la infracción, las consecuencias que haya causado a la propiedad de terceros o al medio ambiente, los daños y peligros potenciales a la seguridad física de otras personas, los antecedentes de infracciones ya cometidas y toda otra circunstancia relevante para la aplicación.
Los incendios forestales ponen en juego la biodiversidad y el patrimonio ambiental de la provincia. Entre las principales razones por las que se inician estos siniestros se encuentra el uso ilegal de fuego para limpieza de acequias, canales y lotes.
A su vez, la quema controlada de campos sin la autorización y supervisión del personal del Plan Provincial de Manejo del Fuego, está prohibida en Mendoza.
En ese sentido, desde la Secretaria de Ambiente solicitaron a la población abstenerse de prender fuego, sin importar su fin, en zonas que no están debidamente preparadas.
También solicitaron que los productores tengan las picadas cortafuego regularizadas en los campos de los cuales son propietarios, caso contrario, podrían sufrir la quita de subsidio.
Además de las penas establecidas por la Ley 6099, el Código de Contravenciones establece multas entre $7.600 y $47.500 o arresto de 8 a 50 días para aquellos que, sin causar un incendio, encendieran fuego en zona urbana o rural en los caminos y en zonas de esparcimiento (públicas o privadas), en calles, acequias, puentes, banquinas o basurales, sea quemando hojas, ramas, madera, basura o cualquier otro material susceptible de ser incinerado, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación. El Código Penal prevé entre 3 y 20 años de prisión dependiendo de los daños ocasionados por incendios.
Desde el gobierno provincial recodaron además que está prohibido el uso de fuego para la quema de pastizales, de basura acumulada, la limpieza de lotes, la quema de fincas abandonadas, la preparación de suelos para cultivos, la limpieza de banquinas, acequias y canales, las quemas clandestinas de campos incultos y quema de remanentes de siembra.
La denuncia de este tipo de hechos puede realizarse a través del sitio de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, a la Dirección de Recursos Naturales Renovables a los teléfonos 4252090 y 4257065, de lunes a viernes, de 8 a 13 o al 911.
