Desde diciembre de 2015 hasta el 2017, en la Ciudad de Mendoza se labraron 3.862 actas por contratar servicios sexuales en la calle. De acuerdo al municipio, la demanda de los clientes bajó 40% en el último año.
Los datos son contundentes, desde diciembre de 2015 cuando se comenzaron a aplicar las sanciones que advierte el Código de Convivencia en la Ciudad de Mendoza, se multaron a 87 personas. En el 2016 la cifra escaló a 2.328 y en el 2017, disminuyó, se realizaron 1.447 infracciones. Los días jueves y viernes se registra la mayor incidencia.
Los que son encontrados in fraganti negociando con una prostituta, una vez que se les advirtió que estaban incumpliendo las normas y persisten con la actividad, tienen que pagar una multa de 2.000 unidades tributarias, que equivalen hoy a $4.600.
El infractor tiene 5 días para presentar un recurso de amparo o abonar la pena que tiene un 30% de descuento durante ese término. Caso contrario, es notificado en su domicilio. La mayoría de los hombres, desembolsan el dinero en el acto.
“El objetivo no es estigmatizar a la trabajadora sexual. Se apunta al cliente y a la contratación del servicio en la vía pública”, detalló el secretario de Seguridad Ciudadana, Raúl Levrino.
Aunque desde la asociación de Trabajadoras Sexuales mendocinas afiliadas a la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR) vienen advirtiendo que “la penalización de los clientes aumentó la clandestinidad y la violencia institucional hacia su sector”.
Sin embargo, según la comuna, esta actividad “genera una serie de conflictos colaterales que alteran el desarrollo de los ciudadanos como robos, violencia, droga y ruidos molestos”.
“Hay personas que han sido sancionadas dos veces en el mismo día. Por lo general, se trata de personas de otros departamentos e inclusive de otras provincias”, señaló Levrino quien manifestó que quienes presentan escritos para justificar su accionar afirman que se “pararon a hablar con las mujeres para pedir fuego o la ubicación de una calle”.
Las llamadas zonas rojas se ubican en la 3º y 4º Sección, desde calle Rioja hacia la Costanera. “Ha habido una gran disminución de trabajadoras. En la mañana casi no se visualizan y durante la noche hay menor presencia. Antes había una grupo de chicas en cada esquina”, recordó.
Para el funcionario, esta disminución se debe a un abordaje integral . “Primero se puso en conocimiento la vigencia del Código de Faltas y se hizo hincapié en el artículo 41 sobre la prohibición del ofrecimiento en la vía pública y después se abordó los hoteles que desvirtuaban el objeto del rubro y funcionaban como albergues”, detalló.
En total, se clausuraron 9 hoteles alojamientos en los últimos dos años. “Esto tuvo sin duda un hecho significativo porque generó un desplazamiento y se trabajó especialmente sobre la demanda con operativos conjuntos con preventores y policías”.
¿Qué dicen los artículos 41 y 42 del Código de Convivencia?
Artículo 41: Normas de Conducta.
Se prohíben el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirectamente de servicios sexuales retribuidos en el espacio público de la Ciudad de Mendoza, en todo su radio municipal y de forma especial cuando excluyan o limiten la compatibilidad de los diferentes usos de dicho espacio público.
Artículo 42: Régimen de Sanciones.
La autoridad municipal se limitará inicialmente a recordar a las personas que incumplieran este precepto, que dichas prácticas están prohibidas por la normativa vigente. Si estas personas persistieran en su actividad, se procederá al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador y a toda aquella actuación que legalmente corresponda derivada de la identificación de dichas personas.
