El intendente de Ciudad, Ulpiano Suarez, reglamentó a las autoridades que serán las encargadas de hacer cumplir el uso obligatorio del tapabocas, cuya utilización obligatoria quedó establecida desde el 15 de abril.

A través del decreto N° 410, se facultó a “los Inspectores de Comercio, Preventores e Inspectores de Tránsito a la constatación de las infracciones y confección de las actas correspondientes” para quienes incumplan dicha normativa.

Antes de comenzar con las sanciones se dispuso un periodo de concientización con distintas acciones entre las que se destacó el acto simbólico de proteger con tapabocas estatuas emblemáticas de la Ciudad, como la de San Martín en la Alameda o la de Mafalda en la Arístides. A su vez, también se entregaron tapabocas de forma gratuita en distintos sectores estratégicos de la Ciudad, con el objetivo de informar a los transeúntes sobre la importancia de su uso y las posibles sanciones en caso de no utilizarlos.

Las sanciones

El decreto establece tres tipos de multas distintas: “El incumplimiento de la obligación establecida, debidamente constatado por la autoridad competente, será penado con una sanción de multa de pesos cinco mil ($ 5.000) para la persona infractora que circule en la vía pública y en caso de encontrarse dentro de un comercio o centro de atención privado, una multa de pesos diez mil ($ 10.000) para el comercio o centro de atención privado, que se incrementará a la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000) si se trata de un supermercado o hipermercado”.

El pago de las sanciones correspondientes a la infracción será destinado al Fondo Municipal Coronavirus, reservado a la adquisición de insumos para hacer frente a la emergencia sanitaria.