Los usuarios de servicios públicos de electricidad y gas natural ya pueden solicitar una revisión del nivel de subsidio que les fue asignado en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). El procedimiento, impulsado por la Secretaría de Energía, busca mejorar la precisión del sistema de segmentación y garantizar que los apoyos estatales lleguen a quienes realmente los necesitan.
La medida se enmarca en el proceso de transición hacia un régimen de subsidios energéticos focalizados, prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025. Durante este período, los usuarios podrán consultar su situación en línea y, si consideran que hubo un error en la categorización, pedir su modificación a través de un procedimiento formal y gratuito.
El trámite se realiza en su mayoría por la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), aunque también se mantienen canales presenciales en oficinas de la ANSES para quienes no tengan acceso digital. La Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético —dependiente del Ministerio de Economía— es la autoridad encargada de gestionar este proceso.
Cómo iniciar el trámite y qué documentación presentar
El primer paso es completar la “Solicitud de Revisión” dentro del portal TAD. El sistema solicitará información del usuario y documentación respaldatoria que justifique el pedido de recategorización. Una vez completado, se genera un expediente electrónico con un número identificatorio que debe conservarse para futuras consultas.
Este expediente es evaluado por un funcionario designado, quien analiza la documentación en función de los criterios establecidos por la normativa. En caso de que falte información o haya inconsistencias, se notificará al solicitante por correo electrónico y se le dará un plazo de 60 días para presentar lo requerido. Si no lo hace, incluso tras una prórroga de 15 días, el trámite será archivado de forma temporal.
En paralelo, la Secretaría de Energía continuará realizando cruces de datos con organismos como ANSES y SINTyS para verificar ingresos declarados y detectar casos de patrimonios elevados que podrían ser incompatibles con la recepción de subsidios. La norma advierte que si se detecta falsedad en la declaración jurada, el usuario podrá perder el beneficio y se le refacturarán los montos indebidamente bonificados, con intereses incluidos.
Qué pasa si se aprueba o rechaza la revisión
Una vez finalizado el análisis, el funcionario a cargo emitirá una resolución que se notificará por correo. En caso de que el pedido sea aceptado, se actualizará el nivel de subsidio. Si se rechaza, el usuario podrá presentar una objeción en un plazo de 15 días. De no hacerlo, el expediente se considerará cerrado.
Como opción adicional, quienes estén disconformes con el resultado final podrán presentar un recurso administrativo o acudir a la vía judicial, según lo establecido por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Mientras dure el proceso de revisión, los usuarios seguirán conservando su nivel de subsidio actual. Para consultar el estado del trámite, se puede ingresar al sitio TAD con usuario y contraseña, llamar al Centro de Atención Telefónica de la Secretaría de Energía, o escribir al correo consultassegmentacion@mecon.gob.ar.
