La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este lunes la opción para que los contribuyentes puedan acceder a la devolución de las percepciones de Ganancias y Bienes Personales por las compras de dólar ahorro y de productos en moneda extranjera.
De esta manera ya se encuentra habilitada la opción para aquellas personas que no hayan sufrido retenciones en sus recibos de sueldo durante el mismo año y quienes no estén inscriptos en el impuesto.
De esta forma, las personas podrán solicitar las devoluciones del 35% abonado como adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias entre enero y diciembre de 2023 por la compra de dólares o aquellos gastos realizados en moneda extranjera con tarjeta entre los que se encuentran servicios de streaming, plataformas de música, series y películas, viajes al exterior.
Por otra parte, el dólar ahorro se compuso entre enero y agosto de un 65% de impuesto, de los cuales el 30% correspondían al impuesto PAIS y el 35% restante era de adelanto de Ganancias. En tanto, a partir del 14 de agosto este último porcentaje se elevó al 45%.
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Con respecto al Dólar Qatar o Turista pagaba hasta julio de 2023 una carga tributaria del 80 por ciento, desglosada en un 30% del impuesto PAIS, un 45% de percepción a cuenta de Ganancias y un 5% de percepción a cuenta de Bienes Personales.
A partir de octubre del 2023 la AFIP anunció la unificación de las cotizaciones ahorro y turista, con un incremento en la carga tributaria que alcanzó el 100%: un 30% de impuesto PAIS, 45% como adelanto de Ganancias y el 25% de Bienes Personales.
Por otra parte, luego del balotaje, el dólar ahorro y turista se incrementaron nuevamente en sus impuestos, ya que se incrementó la percepcción de ganancias al 100%. Finalmente, el 14 de diciembre, ya bajo la administración de Javier Milei, se resolvió unificar la carga tributaria por todo concepto para la demanda minorista de divisas en bancos en un 60%: un 30% por Impuesto PAIS y 30% de percepción de Ganancias.
Requisitos para solicitar la devolución:
- Contar con CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior.
- Informar ante la AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada.
- Poseer constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
Paso a paso para solicitarlo:
- Ingresar con tu Clave Fiscal nivel 2 o más a la página web de la AFIP.
- Abrir la pestaña “Mis Aplicaciones Web” y seleccionar la opción “Nuevo”.
- Completar los siguientes campos organismo (AFIP), formulario (F746/A), período fiscal (indicar la fecha por la cual se solicita la devolución). Una vez finalizado el proceso, hacer clic en “Continuar”.
- El sistema mostrará las percepciones registradas en “Mis Retenciones” en el periodo seleccionado. En este punto, hay que tildar todas las casillas sobre las que desea el reintegro
- Informar origen, tarjeta, fecha de pago del resumen y/o liquidación, fecha de débito y monto.
- Para finalizar el trámite, deberá seleccionar “Grabar” y luego “Presentar”.
