Al margen de los rumores que giraron en torno al viernes 2 de mayo de 2025, el Gobierno nacional estableció, a través de un decreto, que será un día no laborable con fines turísticos

El Ministerio del Interior informó que estos días no se consideran feriados tradicionales, sino jornadas de descanso opcionales.

Su objetivo es promover el turismo en el país y, de esa forma, poder distribuir mejor la actividad durante el año.

Bajo este panorama, si bien el sector público no tendrá actividad, la decisión de otorgar o no el día libre a los empleados dependerá de cada empleador.

La principal diferencia entre “feriado puente turístico” y “día no laborable por puente turístico”, es que el primero es obligatorio para todos los empleadores, quienes deben otorgar el día libre a sus empleados.

Mientras que la decisión del segundo de otorgar este descanso depende de cada empresa, que puede o no darle el día libre a sus empleados.

Los días no laborables por puente turístico en 2025

  • Viernes 2 de mayo.
  • Viernes 15 de agosto.
  • Viernes 21 de noviembre.