El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) resolvió flexibilizar la periodicidad con la que los establecimientos que manipulan alcohol etílico deben presentar sus declaraciones juradas.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 10/2025, publicada este jueves en el Boletín Oficial, y forma parte de una serie de cambios orientados a simplificar procesos administrativos sin comprometer los controles del sector.

La nueva normativa habilita a los productores y operadores a elegir entre enviar su declaración de movimientos de alcohol de manera diaria, quincenal, mensual o bimestral, de acuerdo con las necesidades de cada empresa.

Esta flexibilización reemplaza la obligatoriedad del reporte diario que regía desde 2015, y deja sin efecto la Resolución Nº C.18/2008.

Desde el organismo explicaron que el cambio busca compatibilizar los objetivos de fiscalización con las “buenas prácticas en materia de simplificación” impulsadas en la administración pública.

La decisión se apoya en la premisa de que una menor frecuencia en los reportes no implica pérdida de calidad en la información, y permitirá a las empresas reducir cargas operativas.

Además, el INV estableció que los tránsitos de alcohol podrán ser aceptados o rechazados por los operadores en un plazo máximo de cinco días. Si no se registra ninguna acción, se considerará la recepción de forma automática. Una vez confirmados los movimientos, el sistema procederá también de manera automática a dar de baja los números de Análisis de Libre Circulación.