El Gobierno de Javier Milei publicó este viernes en el Boletín Oficial una normativa que permite la emisión de los denominados “pagaré valor producto”. Este instrumento financiero representa un avance en la flexibilización de las herramientas de crédito para los sectores productivos del país.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y ministro de Economía, Luis Caputo, promete abrir nuevas oportunidades para productores y comerciantes de diversos sectores económicos.

La iniciativa fue anunciada por Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, a través de un extenso mensaje en sus redes sociales. En su publicación, el funcionario resaltó la importancia de este cambio para la dinamización del mercado financiero y el desarrollo de transacciones comerciales más eficientes.

Según el ministro, la medida busca corregir las limitaciones históricas impuestas por el Decreto 5965, que había restringido la emisión de pagarés a montos fijos en dinero, lo que los hacía poco prácticos en un contexto de alta inflación.

El nuevo decreto aclara que los intereses de estos pagarés pueden estar referenciados a distintos parámetros económicos. En particular, las partes podrán pactar que los intereses se calculen en función de la cotización de productos como granos, metales preciosos o hidrocarburos.

También se habilita la posibilidad de vincular los intereses a tasas de referencia como la tasa de política monetaria del Banco Central o índices financieros internacionales. Este tipo de flexibilidad es especialmente importante en un país con alta volatilidad de precios, donde los pagos pueden estar sujetos a fluctuaciones económicas significativas.

Según Sturzenegger, la interpretación previa que limitaba el pagaré a una “suma fija” de dinero fue errónea y poco adaptada a la realidad. Entre sus explicaciones, destacó la necesidad de modernizar el marco legal para que los pagarés puedan reflejar mejor el valor de los productos y servicios en el mercado.

Para peor, esta interpretación jurisprudencial, al acotar el pagaré a sumas fijas de dinero expresadas en pesos, en un país con alta inflación, era casi como emitirle un certificado de defunción al instrumento“, explicó el funcionario.

En el Ejecutivo revelaron que los cambios producidos “no fueron fáciles de lograr”. Entre las principales trabas se encontraron las discusiones jurídicas sobre la interpretación del Decreto 5965, las cuales se extendieron por varios meses, con debates que llegaron a revisar los principios establecidos en el Código Civil de Vélez Sarsfield y hasta la convención de Ginebra de 1930.

El Decreto 1124, al modificar las disposiciones sobre los intereses en los pagarés, responde a la necesidad de adaptar la normativa a las exigencias del mercado financiero actual, donde las transacciones están cada vez más vinculadas a la evolución de bienes y servicios.

Además, la medida representa un paso hacia una mayor transparencia y previsibilidad en los contratos comerciales, con reglas claras sobre cómo se deben calcular los intereses y qué indicadores deben utilizarse, según el Gobierno.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) serán los encargados de dictar las normas complementarias para asegurar la correcta implementación de este decreto, que promete ser un alivio para aquellos sectores que hasta ahora veían limitada su capacidad de financiamiento a través de pagarés tradicionales.

El decreto