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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la utilización del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), exigido para las operaciones de transferencia de vehículos automotores y motos usados.

El organismo a cargo de Florencia Misrahi destacó que la decisión permite agilizar la operatoria de transferencia e inscripción de dichos bienes y permite “modernizar al organismo generando la utilización de herramientas digitales y eliminando regímenes de información innecesarios”.

La AFIP indicó además que el avance tecnológico y los convenios de intercambio de información con la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios permiten verificar la situación fiscal de los ciudadanos y las transferencias de dominio de manera eficiente.

También explicó que de esta manera se encamina hacia el objetivo del Estado Nacional de “constituir una administración pública ágil y transparente, que se enfoque en facilitar el desarrollo de las actividades del ciudadano en un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios”.

¿Qué es el formulario CETA?

Mediante la Resolución General 5505/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, se derogó “el Título I de la Resolución General N° 2729” que correspondía a la presentación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) en la compraventa de un auto o moto usado.

El CETA era un formulario que tenían que pedir las personas (humanas y jurídicas) y las sucesiones indivisas, del país o residentes en el exterior, relacionadas con la transferencia de un auto o moto usado y que estén radicados en Argentina. El vendedor del auto era el encargado de completar el documento.