Este viernes, a través de la Resolución 5614/2024, el Gobierno nacional definió que ARCA (ex AFIP) empiece a discriminar el IVA en las facturas y comprobantes. El objetivo de la medida, según indicaron desde el Ejecutivo, es que los consumidores tengan una comprensión más clara de cómo los impuestos contribuyen al costo final de los productos y servicios.
En concreto, la medida establece que: ” El impuesto al valor agregado y los demás impuestos nacionales indirectos que tienen incidencia en la formación de los precios de las ventas, locaciones de obra o prestaciones de servicios -conforme lo dispuesto por el Título VII “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor” de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes- deberán encontrarse discriminados en los comprobantes de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General N° 1.415, sus modificatorias y complementarias”.
La normativa busca regular la transparecia fiscal para los consumidores. A su vez, obliga a las empresas argetinas a proporcionar a los consumidores un desglose detallado de los impuestos incluidos en el precio final de los bienes y servicios.
Esto comenzará a regir desde el 1 de enero de 2025 según establece la resolución publicada, aunque los contribuyentes tendrán un plazo adicional hasta el 1 de abril para poder adaptarse a la nueva notmativa de discriminación de impuestos.
Aquellos monotributistas, por ejemplo, que facturen de forma electrónica mediante ARCA verán aplicada la medida de forma automática desde el 1 de enero por los ajustes que hará el sistema para inicios del año próximo.
Las empresas deberán incluir una línea adicional en las que se especifica el monto correspondiente al IVA y, cuando corresponda, también deberán discriminar los impuestos internos aplicables al precio final que paga el consumidor.
Desde el Gobierno aclararon rápidamente que los consumidores finales no tendrán que hacer ninguna gestión adicional, porque los comprobantes que reciban en sus compras ya contendrán la leyenda del “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor”.
