El Consejo de la Magistratura terminó de definir el jurado que elegirá a los reemplazantes de los jueces federales Claudio Bonadio y Rodolfo Canicoba Corral, luego de un examen, una entrevista personal y la compulsa de antecedentes.
Y en esa misma maniobra se decidió retirar del temario el “lawfare” del examen que los aspirantes a ocupar los cargos vacantes deberán rendir en los próximos días.
Fue la presidenta de la comisión de Selección, la diputada Graciela Camaño, quien firmó la resolución en donde entiende que varios puntos del temario “excederían la especialidad propia de la vacante a cubrir”.
Ahí aparecen temas como “Criminología Latinoamericana: la criminología en tiempos de totalitarismo financiero”, “La tipicidad conglobante de Zaffaroni”, “El llamado ‘lawfare’: noción y funcionamiento”, y “el modelo constitucional Chubutense”, entre otros.
Todo estalló este fin de semana cuando Infobae publicó el material de estudio de los aspirantes a los cargos. Algo a lo que también hizo referencia la vicepresidenta Cristina Fernández en su declaración por el tema del dólar futuro.
Este lunes, los representantes de la oposición en el Consejo el diputado Pablo Tonelli, la senora Silvia Giacoppo y los representantes de los abogados Diego Marías y Carlos Matterson presentaron una nota haciendo saber su preocupación por que “se incluyó como ejes de la evaluación a ciertas materias o cuestiones que no constituyen derecho vigente y no se ajustan a los términos del art. 31 del Reglamento de Concursos vigente”.
“Resulta claro y manifiesto que el llamado ‘lawfare’, o las implicancias jurídicas de un imaginado ‘totalitarismo financiero latinoamericano’ no constituyen ‘institutos’ del derecho vigente en nuestro país. Si se habilitara un examen sobre estas materias, la prueba de oposición dejaría de ser un test de idoneidad objetivo para transformarse en un filtro ideológico. Ello es tan evidente como que los tribunales de la Capital Federal no aplican Derecho Constitucional chubutense”, dijeron.
“En tales condiciones, en la medida en que el art. 31 del Reglamento de Concursos somete el temario elaborado por el jurado a la aprobación por parte de la presidencia de la Comisión de Selección, es que le solicitamos que, en uso de sus facultades: 1) suprima del temario del concurso los puntos aludidos y todos aquellos otros que no se ajusten a lo previsto en el art. 31 del Reglamento de Concursos; y 2) se lo haga saber al jurado para que omita presentar para el examen casos que contengan los temas cuestionados”, reclamaron.
Casi en paralelo, la diputada Graciela Camaño firmó una resolución en donde recordó el llamado a concurso, quiénes eran los que quedaban a cargo del jurado y cuándo se haría el examen escrito. También recordó que, de acuerdo al reglamento, era el jurado en encargado de “presentar al Presidente de la Comisión un temario que indicará los institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos, que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura, con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba”
En la resolución, se le puso nombre al que envió el temario: Minatta, integrante de la Cámara Penal de Chubut, convocado a opinar en el Senado sobre la reforma judicial el año pasado. “Ahí cerró lo del derecho constitucional chubutense”, acotaron con ironía en el Consejo. Sin embargo, se aclaró, todos los convalidaron.
“El doctor Omar Florencio Minatta presentó el temario correspondiente con fecha 3 de marzo del corriente; al cual adhirieron los restantes miembros del jurado, doctores Roberto Atilio Falcone, Alejandra Marcela Lázzaro y Adriana Molina, haciendo saber que éste había sido elaborado de manera unánime por la totalidad de ellos”, dijo Camaño en su resolución. El temario fue publicado en tiempo y forma en cumplimiento de los plazos establecidos, añadió.
“Conforme fuera advertido, algunas de las cuestiones propuestas en el temario excederían la especialidad propia de la vacante a cubrir, previstas en el citado artículo 31 del Reglamento de Concursos aplicable. En virtud de ello, corresponde quitar del temario las siguientes cuestiones: ‘Criminología Latinoamericana: la criminología en tiempos de totalitarismo financiero’; ‘El llamado lawfare: noción y funcionamiento’; y, ‘El modelo constitucional Chubutense’”, escribió Camaño.
Y añadió “ante la proximidad de los distintos actos procedimentales que deben cumplirse antes de la prueba de oposición, resulta necesario adoptar esta decisión ad referéndum de la Comisión”. Es decir, la votación que se hará el jueves para confirmar esta decisión.
En medio de esta polémica renunció al jurado la constitucionalista Alejandra Lázzaro, secretaria de la Cámara Electoral. Adujo motivos personales. El suplente es otro constitucionalista, Adrian Ventura, que -además- es periodista en TN.
El concurso para cubrir las dos vacantes de Comodoro Py acumuló 249 inscriptos que deberán presentarse el martes próximo para el examen escrito que consiste en un planteo jurídico, real o imaginario, que los postulantes deben resolver como si fueran los magistrados en ese cargo que concursan.
Si bien la experiencia marca que se presentan finalmente al examen obligatorio muchos menos de los inscriptos, el jurado sorteado por el Consejo de la Magistratura evaluará a muchos postulantes para estos dos cargos claves en el actual sistema de justicia.
El jurado estará integrado por Roberto Falcone, juez del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata; Omar Minatta, camarista penal en Chubut; Adriana Molina, académica de la Universidad Nacional del Litoral y por el docente de Derecho Constitucional y periodista Adrián Ventura.
El proceso de selección apunta a cubrir la vacante de juez del Federal 11, vacante desde el fallecimiento de Bonadio en febrero del año pasado y el Federal 6, sin titular desde mediados de 2020, cuando Canicoba Corral se retiró al cumplir 75 años.
Tras la compulsa de antecedentes académicos y profesionales, los resultados del examen y la entrevista personal, el jurado designado deberá elegir una terna de candidatos que se elevarán al Poder Ejecutivo para que elija su representante que, luego, deberá alcanzar el acuerdo del Senado.
