España permite desde este lunes la entrada de viajeros que acrediten haber recibido la vacuna completa de contra el COVID 19 y autoriza el atraque de los buques de cruceros internacionales, a punto de comenzar la temporada turística veraniega, la más importante del año.
La vacunación se debe haber completado al menos 14 días antes de llegar con las marcas Pfizer, Moderna, AstraZeneca o Johnson & Johnson, autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento (EMA), o las chinas Sinopharm y Sinovac-Coronavac, autorizadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
De esta manera los inmunizados con la vacuna rusa Sputnik V seguirán sin ser admitidos: pese a los pedidos del gobierno de Vladimir Putin, ese fármaco todavía no fue autorizado por la Agencia Europea de Medicamentos ni por la OMS.

Qué pasa con los argentinos
Sin embargo, cualquier argentino que no esté cursando la enfermedad podrá ingresar a España si se atiene a las nuevas condiciones de ingreso fijadas por el gobierno de ese país. En su artículo 5, el decreto dice textualmente:
“A los pasajeros procedentes de países o zonas de riesgo, considerados como tal en función de la valoración de su situación epidemiológica en cada momento, se exigirá la certificación de alguno de los siguientes requisitos sanitarios:
- a) Certificado que confirme que el titular ha recibido una vacuna contra la COVID-19 (certificado de vacunación).
- b) Certificado que indique el resultado de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa de COVID-19 que se haya realizado el titular (certificado de diagnóstico).
- c) Certificado que confirme que el titular se ha recuperado de la COVID-19 (certificado de recuperación)”.
O sea que si no se está vacunado, o recibión alguna dosis que aún no fue aprobada por la OMS, se puede viajar a España realizando un PCR en las 48 horas previas al vuelo o presentando un certificado oficial de alta después de haber atravesado la enfermedad.
En este sentido España puso a prueba el certificado verde digital, un código QR consensuado por los 27 países de la UE, que avala que el turista no tiene coronavirus bien porque está vacunado, ha pasado la enfermedad o presenta una prueba negativa.
La normativa española admitirá las pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la Unión Europea como certificado diagnóstico, junto con las PCR. Serán válidos los certificados con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España; en los de recuperación, la validez finalizará a los 180 días.
Deberán estar redactados en español, inglés, francés o alemán; si no fuera posible, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.
Además, según decidieron las autoridades españolas, todos los pasajeros que lleguen al país por vía aérea o marítima deberán cumplimentar antes de la salida un formulario de control sanitario en la web o la aplicación Spain Travel Health, sobre vacunación, tener una prueba diagnóstica de coronavirus o de recuperación tras haber sufrido la enfermedad.
En el caso de fronteras terrestres, todas las personas mayores de seis años procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España deberán disponer de alguna de las certificaciones citadas.
No podrán entrar en España, sin embargo, los viajeros que lleguen de Brasil, la India y Sudáfrica debido a la alta incidencia de las variantes del COVID 19 en esos países.
