La primera licencia con vencimiento de 10 años.

El centro emisor de licencias de conducir que funciona en la Ciudad de Mendoza, ya comenzó a otorgar los primeros carnets con los nuevos plazos. Se trata de la ley provincial 9587 por la cual se extienden los vencimiento y establece cambios en los exámenes para los mayores de 65 años.

Bajo esta normativa, el objetivo que se busca son las modificaciones diseñadas para modernizar y simplificar la gestión administrativa del trámite. 

Entraron en vigencia los cambios en licencias de conducir

Este lunes, el Gobierno reglamentó la ley 9587 por la cual se extienden los plazos de vencimiento de las licencias de conducir y establece cambios en los exámenes para los mayores de 65 años. La novedad se conoció a través del…

En cuanto a los plazos serán de 10, 5 y 3 años, eliminando además la prueba de manejo en las renovaciones. El esquema queda entonces de la siguiente manera:

  • Hasta los 65 años: 10 años de vigencia.
  • De 66 a 75 años: 5 años de vigencia.
  • A partir de los 76: 3 años de vigencia.

Por otra parte, también se actualizaron los requisitos para las renovación de los carnets, quedando de esta manera:

  • Que no haya transcurrido más de un año desde su vencimiento. Transcurrido dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
  • El arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años.
  • Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito; 
  • Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afectan la aptitud para conducir;
  • Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir;
  • No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 años, salvo expresa indicación médica.
  • El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.

Sin embargo, la nueva norma no correrá para aquellos conductores que estén condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor como también para aquellos que sean reincidentes en hechos de conducción bajo efectos del alcohol. En estos casos el plazo será de cinco años.