El texto de Expte. Nº 7700-D-2013 dispone que la mujer tiene derecho “a estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de preparto, parto y postparto. En ningún caso podrá cobrarse arancel por la simple permanencia en la misma habitación”.
En este proyecto, puntualmente, “pretendemos explicitar la gratuidad de uno de los derechos que tiene la mujer en situación de postparto, como es el estar acompañada por una persona de su confianza y elección”, expresa la neuquina.
A diario algunos sanatorios tienen este derecho arancelado impidiendo, en algunos casos, su ejercicio. Hay sanatorios que cobran de $100 a $300 por lo que llaman el “derecho de permanencia”. Es decir, la persona que se quede a acompañar a la parturienta fuera del horario de visita debe abonar, sí o sí, una suma designada por la institución, y que en la mayoría de los casos no es avisada con antelación.
“Esta modificación no genera gasto alguno para los sanatorios que al día de hoy cobran ilegalmente por estos servicios, ni para las obras sociales o empresas de medicina prepaga, ya que la simple permanencia del acompañante no conlleva costo alguno”, manifiesta Guzmán.
Intencionalmente establece que “en ningún caso podrá cobrarse arancel por la simple permanencia en la misma habitación”, dando lugar a la posibilidad de que la institución ofrezca su servicio de hotelería arancelado. Es decir, estaría incorporando una tercera posibilidad: quedarse como acompañante, sin “gentileza” alguna por parte de la institución pero sin abonar para que la mujer en situación de postparto pueda ejercer su derecho a estar acompañada.
Lo que se propone con este proyecto es dejar explicitada la posibilidad de que la mujer en situación de postparto pueda ejercer su “legítimo derecho” a estar acompañada por una persona de su confianza y elección, sin que se tenga que abonar suma alguna.
