El cruce de Juan Grabois y la abogada.

La Cámara Federal confirmó la medida cautelar impuesta por el juez federal Sebastián Casanello, que ordenó al Gobierno nacional para que presente un plan de distribución de los alimentos retenidos en galpones del Ministerio de Capital Humano.

La medida había sido dictada el lunes, pero el Gobierno apeló y la causa cayó en la Cámara Federal que tuvo este martes una audiencia entre las partes, que resultó escandalosa, entre el denunciante Juan Grabois y la abogada Leila Gianni, que representó a la cartera social.

Precisamente por la conducta del dirigente social y de la asesora de la ministra Sandra Pettovello, los jueces hicieron un llamado de atención. Respecto a Gianni, a Capital Humano. Y sobre Grabois, al Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires que dirige Ricardo Gil Lavedra.

El fallo fue firmado por los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, testigos de los duros cruces que tuvieron el denunciante y la defensora del Estado.

Irurzun calificó el enfrentamiento de Grabois y Gianni como “inmadura discusión” y que usaron la audiencia para “exponer sus diferencias personales“. En tanto, Farah consideró que se trató de “un espectáculo lamentable“.

El fallo sobre los alimentos

Irurzun avaló la medida cautelar adoptada por Casanello. Y lo fundamentó de esta manera:

La decisión fue adoptada por un juez penal en el marco de una causa en desarrollo, con lo cual no puede sostenerse -como pretende la recurrente- que estamos en presencia de una intromisión indebida de la justicia en esferas que son de exclusiva competencia de otro órgano del Estado: no están en discusión las políticas de Estado en materia de seguridad alimentaria sino, lisa y llanamente, si existió una ilícita actuación de funcionarios públicos que agravó aún más la situación catastrófica en la que se encuentra un importante grupo de personas que no tienen sus derechos humanos básicos cubiertos“.

El camarista interpretó que por la naturaleza los alimentos “exigieron acciones rápidas para evitar que el devenir procesal del expediente torne imposible su posterior utilización“.

Por ende, Irurzun determinó: “Sin desconocer que se tomaron acciones para distribuir los productos cuyo vencimiento está más cerca, pero sin perder de vista que aún existen otros productos cuya caducidad se encuentra próxima, entiendo que corresponde confirmar la decisión del juez en cuanto solicitó al Ministerio de Capital Humano confeccionar el plan de distribución de ejecución inmediata, encomendándole a su vez que ajuste y reencamine la pesquisa de conformidad con el objeto penal denunciado“.

Farah, por su parte, consideró que la actuación de Casanello “demostró la intención de esperar a que el Ministerio de Capital Humano presente su propia propuesta de distribución de tales alimentos, para analizar -después de presentada- su razonabilidad en función de los derechos constitucionales en juego”.

Pero también dejó una advertencia a Pettovello.

“En aras de que las instituciones funcionen y se respeten, es que la Sra. Ministra de Capital Humano deberá ajustar su proceder al debido acatamiento de la orden judicial que aquí se confirma.

Y le dio un plazo: “De no hacerlo de ese modo en el plazo de 24 horas de notificada de este pronunciamiento, su conducta configurará el delito de desobediencia a una orden judicial (art. 239 del Código Penal), más allá de comunicar, a la ciudadanía, la traición a los postulados del sistema republicano“.

Con información de Infobae y La Nación.