El jueves 26 de agosto, los jueces Víctor Hugo Comeglio, Marcelo Gutiérrez del Barrio y Belén Salido dieron a conocer una de las resoluciones más esperadas de los últimos meses por un caso conmocionante.

El resultado generó un movimiento sísmico en la Unidad Fiscal de Homicidios: liberaron a los tres acusados de la desaparición de la joven Abigaíl Alexandra Petrona Carniel (18) en el barrio Sargento Cabral, de Las Heras, en una fecha que, se sospecha, sería la madrugada del 16 de abril.

El tribunal de alzada no sólo revocó las prisiones preventivas contra los imputados por femicidio, Martín Chupetín Márquez, Vicente Tito Chumacero y Matías Fido Díaz (este último, en calidad de instigador), sino que desarrolló una serie de cuestionamientos a la instrucción del fiscal de Homicidios Carlos Torres.

El fallo provocó un fuerte impacto en la causa al punto que, prácticamente, los detectives judiciales y policiales deberán hacer un nuevo análisis de las pruebas adjuntadas para que no vuelva a foja cero.

El Sol accedió a los argumentos que dejaron sin efecto la medida cautelar que permitía que los tres sospechosos por el hecho, quienes siguen acusados en el expediente, continuaran tras las rejas antes de una citación a debate.

Ver también: Liberaron a los tres imputados del crimen de Abigaíl Carniel

Y, desde el inicio, dejaron en claro que la fiscalía se abocó a seguir una sola hipótesis: la que sostiene que Abigaíl se juntó con –al menos– dos hombres y una mujer y fue asesinada porque se quedó o robó droga que le pertenecía al presunto jefe narco conocido en el hampa lasherina como el Fido o a uno de sus supuestos soldaditos (Chumacero y Márquez).

No sólo eso: los magistrados entendieron que no se citó a declarar a testigos de importancia y que no está del todo confirmado que Carniel haya sido asesinada.

En detalle

La instrucción de Torres está basada, en mayor medida, en una serie de escuchas telefónicas que realizaba la Policía contra el Narcotráfico (PCN) a una presunta organización criminal dedicada al narcotráfico liderada por el Fido Díaz desde abril del 2020.

La Justicia federal le hizo llegar a la fiscalía una serie de desgrabaciones en las que algunos personajes del barrio Sargento Cabral hacían referencia –concluyeron– a la desaparición de la joven Carniel y un final trágico.

El material llegó luego de que la madre de Abigaíl radicara una denuncia en los Tribunales de calle España y Pedro Molina, de Ciudad, por trata de personas, también una de las hipótesis iniciales y que se debería continuar, tal como entendieron los jueces.

Diferentes versiones

Más allá de la introducción y resumidamente, el tribunal dejó entrever en 19 páginas que el caso tiene varias hipótesis y que algunas fueron descartadas o no se trabajaron con la misma profundidad que la elegida: la que apunta contra el Fido dando órdenes a sus pichones para terminar con la vida de Carniel por un tema de drogas.

Una de ellas que no fue tenida en cuenta se dirigió a un joven que, de acuerdo con varios testigos (algunos reservados), tenía un relación íntima con Carniel.

Lo identificaron en la causa como el Boliviano Pacheco (tiene otro apellido y su identidad se reserva porque no está imputado). En el expediente, precisamente en fojas 296/97, está incorporado un informe de la División Búsqueda de Personas de Investigaciones que reporta que recibió un dato –a través de Búsqueda Prófugos– de un penitenciario –“al que jamás se ha procurado identificar, pese a su obligación de declarar”, señala el fallo– que les dijo que, por sus contactos adentro del penal, conocía que a Abigaíl le habían dado muerte para luego descuartizar su cuerpo y arrojar sus partes a una red cloacal.

Esto llevó a los detectives a contactar al informante. Durante el encuentro, les contó que la joven, al momento de su desaparición “estuvo en una fiesta en el domicilio del Boliviano Pacheco”. Agregó que pretendió sustraer sustancias prohibidas y los participantes de esa reunión optaron por ultimarla con un disparo de arma de fuego y luego ocultaron su cadáver, lo desmembraron y lo hicieron desaparecer.

“No se advierte en la prueba incorporada a la causa que los investigadores hayan tenido interés en interrogar personalmente a un testigo de esa relevancia, para determinar cuál es su fuente de conocimiento y qué grado de veracidad puede adjudicársele a una versión tan contundente, máxime cuando la relación sentimental entre los dos protagonistas principales de esta historia está probada por otras vía”, señalaron los integrantes del Tribunal Penal Colegiado Nº1.

En sus argumentos, como dato destacado, explicaron que el Boliviano Pacheco tiene antecedentes por tenencia de arma y comercio de drogas y que estuvo alojado en la cárcel mendocina, donde era visitado por Carniel; además de ciertos puntos importantes que aportaron vecinos que confirmaron la realización de fiestas.

“Es de buena técnica investigativa no dar por descartada definitivamente esa hipótesis, máxime cuando aparecen en la causa otros datos que justificarían esa profundización, sobre todo cuando se advierte que en el mismo momento que la investigación apunta atalaya investigativo hacia el señor (B­oliviano Pacheco), familiares, amigos del sospechoso, valiéndose de los sabuesos de fuerzas de seguridad y la Gendarmería, lograron introducir en la causa una hipótesis de dudosa credibilidad con el objetivo de desviar esa pista, objetivo que para la acusación y la jurisdicción en la resolución que aquí se analiza, no ha merecido el más mínimo análisis, omisión que le daría la razón a las palabras de (Martín) Márquez cuando fue consultado por el Tribunal antes del cierre de la audiencia, si tenía algo más para agregar y reclamó que la Justicia investigara con más profundidad a los primeros sospechosos”, explicaron.

La hipótesis del Boliviano Pacheco ameritó un largo análisis del tribunal. Cuestionó un informe de la Gendarmería incorporado a la causa a propósito de la denuncia por trata y el aporte de una testigo en particular, quien habló con los integrantes de esa fuerza y luego ante la Justicia provincial, siempre como testigo protegido.

Los jueces dijeron que se trataba de la misma declarante, hermana del Boliviano y quien introdujo la versión de que esa noche había visto a Carniel con el Tito Chumacero y le había ofrecido una campera para la venta después de golpear la puerta de su casa.

Citando a los magistrados, palabras más palabras menos, su aporte tenía el objetivo de desviar la investigación que podría recaer sobre el Boliviano Pacheco.

Ver también: El presunto jefe del hampa que cayó por el caso Abigaíl y sus vínculos con narcos

¿Un femicidio?

Para el fiscal Carlos Torres no hay dudas de que Abigaíl Carniel fue asesinada. Más allá de los motivos, entiende que el trío de imputados algo tuvo que ver con el hecho de sangre y realizó una serie de trabajos de conexión entre ellos.

Pero, para los jueces Comeglio, Salido y Gutiérrez del Barrio, el femicidio no está confirmado con pruebas y se trató de una “temprana” hipótesis.

Se basaron en que varios testigos declararon que la vieron con vida los días posteriores al 16 de abril y hasta no descartaron que sea víctima de trata de personas, tal como denunció su madre.

El 24 de ese mes se recibió una denuncia que daba cuenta de que Abigaíl pudo haber sido víctima de ese delito. Esto lo vincularon a que la joven pasaba mucho tiempo en la casa de una mujer donde a escasos metros (en frente) vivía un hombre que, si bien se encuentra en la cárcel, solía suministrarles drogas a chicas buscando volverlas adictas para luego prostituirlas y cambiarlas de barrio.

“En la causa no se encuentra ninguna medida investigativa tendiente a la identificación del sindicado y a verificar cuál es su medio de vida y las razonas de su detención”, expresó el tribunal.

Por su parte, la mamá de Abigaíl aportó que el 23 del mismo mes, antes de que la causa estallara mediáticamente y pasara a Homicidios, recibió una llamada de una chica que le informaba que, dos días antes a las 19, había visto a la joven cerca de la escuela del barrio La Favorita, en el oeste de Ciudad, información que fue ratificada cuando fue citada por los investigadores.

El tío de la joven desaparecida, identificado como David Bravo, también dio una información importante al personal policial.

Aseguró que el 21 de abril (coincidiendo con la testigo anterior) se desplazaba en un vehículo por calle Pablo Neruda y, en la intersección con Uspallata, frente a la escuela Verdazco, en La Favorita, detectó la presencia de Abigaíl. Detalló la ropa que llevaba la joven y destacó que se encontraba en buen estado de salud.

Por último, dijo que no tuvo contacto con ella porque, cuando se lo solicitó a su empleador, que se movilizaba con él, este se negó por la hora y las características del lugar.

Un indigente también declaró en la causa. Lo encontraron mientras los perros adiestrados buscaban el cuerpo de la joven. Relató el 1 de mayo que, entre seis y siete días antes, tomó un colectivo de las líneas 305 o 311 y se encontró con Abigaíl.

Dijo que la conocía de toda la vida y que eran vecinos. Finalizó al sostener que bajó en la parada del barrio Aeroparque y que la joven continuó con su viaje.

“Aportes que, en general, tienen ciertos visos de razonabilidad y credibilidad y que, en nuestra opinión, no justifican desecharlos por completo y dar como vigente en la causa la situación más extrema y dolorosa, que es aprobar la muerte de la desaparecida, que la hipótesis de la acusación y que recibió total respaldo en la resolución (prisión preventiva dictada por la jueza María Julieta Espínola) que aquí se ataca, aunque sin dar razón alguna por la cual descalificaba esos testimonios que aportan que la vieron viva después de la fecha de su desaparición”, sentenciaron los jueces.

Para finalizar, además de cuestionar las conclusiones que se hicieron de las escuchas que, prima facie complicaba a los sospechosos, el tribunal colegiado fue contundente al analizar el trabajo de la fiscalía sobre una sola presunción.

La hipótesis de la muerte de Abigaíl y su posterior entierro para hacerla desaparecer, que es la que ha tenido cabido en la causa, ha llevado a los investigadores con el objetivo de probarla, a aceptar incomprensiblemente la intromisión de terceros en la causa, todos en calidad de informantes anónimos, y en su totalidad como testigos de oídas que han intentado se les dé crédito a sus versiones sin la menor prueba que los avale. Modalidad que, vemos con sorpresa, en esta causa no sólo ha sido patrimonio de los investigadores policiales o de la Gendarmería, sino que también los ha aprobado y los ha escuchado la propia Fiscalía investigadora, dejando constancia de esos aportes. Modalidad probatoria que realmente llama la atención, no sólo por su contenido, sino por lo dudoso de su legalidad y ni hablar de su constitucionalidad”.