Desde las sombras, en horarios nocturnos, sin que nadie de su círculo íntimo lo note, ocultándose detrás de perfiles de redes sociales y pensando que jamás serán descubiertos. Así actúa por lo general un pedófilo, es decir, alguien que siente atracción sexual hacia niños y menores de edad.

En los últimos años, las autoridades judiciales pusieron el foco sobre el consumo y distribución de llamada “pornografía infantil”. Mendoza no es la excepción.

Desde 2014 el entonces fiscal Especial Santiago Garay (hoy en Delitos Informáticos) se hizo cargo de las causas por esos tipos de delitos en la Primera Circunscripción Judicial (Gran Mendoza y Lavalle). Ese año la provincia pasó a integrar la Red 24/7, que tiene como objetivo recolectar datos sobre los delitos que se cometen en la web a nivel global. 

En 2019, se designó a Garay para intervenir en los casos del Gran Mendoza, Valle de Uco y Zona Este, mientras que su par Javier Giaroli quedó a cargo de los expedientes que surgen en el Sur provincial.

Ese mismo año la Suprema Corte de Justicia de Mendoza prohibió el uso del término “pornografía infantil” en todos los escritos y actuaciones del Poder Judicial, esto al entender que el material sexual denominado “pornografía” suele implicar un consentimiento por parte de las personas que participan en la producción.

Mientras que en los casos en que menores se ven involucrados, no existe un consentimiento, ya que se trata de víctimas de explotación o abuso sexual.

Por eso, quedó establecido que se lo debe denominar como material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (MASNNA).

Hace poco más de una semana, dos jóvenes fueron detenidos en diferentes localidades de San Rafael por tenencia de MASNNA. Ambos casos surgieron cuando, días atrás, los sospechosos cargaron los archivos a una plataforma digital o red social, desde la cual se detectó la actividad y se advirtió a los organismos correspondientes.

Ver también: Capturaron a un joven acusado de tener pornografía infantil

Empresas como Meta (Facebook e Instagram), Google y Twitter, entre otras, utilizan la inteligencia artificial para verificar el contenido del tráfico de imágenes o videos. De esa forma, pueden detectar si los documentos compartidos en sus plataformas tienen contenido de desnudos o abuso sexual a menores de edad.

Una vez que surge la alerta, esas firmas denuncian la actividad ante el National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC), aportando los datos asociados al usuario y el lugar desde el cual se conectó para compartir esos archivos en la red. 

Las denuncias son derivadas a las autoridades judiciales dedicadas a la investigación en cada región y a partir de allí el material que fue subido a la web es analizado por peritos, para determinar si existe un delito.

Esto, principalmente, porque existen alertas que son descartadas, ya que pueden ser casos de sexting (envío de material erótico por servicios de mensajería) entre parejas de adolescentes, fotos o videos que niños toman accidentalmente al manipular los celulares de sus padres y hasta memes. 

Lo cierto es que en el último tiempo fueron varios los casos en los que se confirmó la existencia de los delitos de tenencia o distribución de MASNNA y que terminaron en condena.

Sólo entre 2020 y 2021 hubo más de diez sentencias en toda la provincia por ese tipo de causas, en las que los imputados terminaron reconociendo la autoría durante juicios abreviados.

El Sol accedió a los expedientes de cinco casos ocurridos en San Rafael, que terminaron con los detenidos condenados. Los detalles de estas investigaciones brindan un pantallazo sobre la manera en la que actúan y se mueven los pedófilos para acceder o compartir material de abuso a menores.

Caso 1

Eran las 3.04 del 11 de setiembre de 2020 cuando Google detectó que una cuenta a nombre de Matías Ariel Palacios Rivero (20) cargó 94 archivos de MASNNA a Google Drive.

El análisis de los documentos permitió determinar que eran 69 fotos y 25 videos, en los que niñas de entre 12 y 15 años de edad eran obligadas a practicar sexo oral y eran accedidas carnalmente.

Ese mismo día, horas más tarde, Palacios Rivero volvió a guardar otros diez archivos en la misma plataforma: 9 fotos y un video donde menores de 12 años eran abusadas sexualmente.

Tres días más tarde, el 14 de ese mes a las 22.36, Google descubrió nuevamente la actividad ilícita del mismo usuario. Había subido una foto de una menor de 12 años desnuda. Mientras que a las 22.42 cargó otras dos imágenes con similar contenido. Lo mismo hizo la madrugada de la jornada siguiente.

El 18 de setiembre el joven continuó acumulando material y pasó a su Drive otra foto de una niña que tenía menos de 12 años y estaba desnuda.

Los últimos dos registros de las maniobras ilegales tuvieron lugar el 21 y 22 de ese mes, siempre durante la madrugada, cuando Palacios Rivero cargó cinco videos de menores de 12 años que eran víctimas de vejaciones, sostiene el informe.

Tiempo después, tras tomar conocimiento las autoridades locales, el fiscal Giaroli ordenó la detención del sospechoso y lo imputó por tenencia de material de abuso sexual de niños, niñas y adolescentes agravada por ser las víctimas menores de 13 años de edad, en 116 hechos en concurso real.

En diciembre de 2021, la defensa de Palacios Rivero llegó a un acuerdo con el representante del Ministerio Público para resolver la causa mediante un juicio abreviado, en el que el joven reconoció la autoría y recibió una pena de tres años de prisión condicional.

Caso 2

Una nueva alerta dio cuenta sobre un usuario de Facebook que el 2 de setiembre de 2020, desde su casa de calle Pedro Vargas al 3300, accedió a su cuenta y le envió a un contacto tres videos cuyo contenido era espeluznante, describieron las fuentes.

En el primero se observaba a una mujer mayor practicándole sexo oral a un niño de entre 9 y 10 años de edad; en el segundo otra mujer adulta le realizaba tocamientos, felaciones y simulaba ser penetrada por un niño de entre 8 y 9 años, todo frente a la mirada de otro pequeño que tenía entre 3 y 4 años; y el último se trataba de un hombre abusando a una chica de entre 16 y 20 años.

Por ese motivo, el 10 de junio del año pasado se ejecutó un allanamiento en el mencionado domicilio y se le incautó al acusado, identificado como Juan Ramón Blanco Varas (43), un celular Samsung Galaxy J1.

Del peritaje practicado al aparato, se halló una foto de un hombre abusando de una niña de entre 11 y 13 años y otra en la que la víctima tenía entre 8 y 10 y se mostraba semidesnuda, de acuerdo con la información.

Casi dos meses después de su captura, el 11 de agosto, Blanco Varas fue condenado a cuatro años de prisión efectiva tras reconocer en un juicio abreviado la autoría en dos hechos de facilitación de abuso sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años, un hecho de facilitación de material de abuso infantil y dos hechos de tenencia de abuso sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años, todo en concurso real.

Caso 3

El 5 de abril de 2020 a las 3.33, Francisco Nahuel Rodríguez Mansilla (21), fue descubierto por Google cuando guardó en la plataforma Drive un video de niñas menores de 12 años que eran obligadas a practicar sexo oral y eran accedidas carnalmente.

Al cabo de algunas horas, a las 6.33, subió 23 videos de menores de 12 años y 84 de niñas de entre 12 y 15, que eran abusadas sexualmente, detallaron fuentes judiciales.

A raíz de eso, se desarrolló una medida judicial en su domicilio de calle San Isidro al 2300, en la localidad de Las Paredes, en la que se le secuestró un celular marca Xiaomi.

Al verificar el contenido del aparato, los pesquisas verificaron que el joven utilizaba una aplicación llamada Safe Box para mantener oculto parte del material. En la carpeta de esa app, encontraron un video de 45 segundos que los horrorizó: mostraba a una niña desnuda y con un collar en el cuello que le practicaba sexo oral a un perro.

En ese mismo directorio también habían tres capturas de pantalla del video mencionado. Mientras que detectaron en otras carpetas del celular 520 fotos de MASNNA, de las cuales 95 estaban asociadas a WhatsApp y 159 eran miniaturas del caché del teléfono, es decir, habían sido borradas y dejaron esa “huella” entres los archivos temporales.

Acorralado por las pruebas, Rodríguez Mansilla fue condenado a tres años de prisión condicional tras reconocer el delito de tenencia de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de 13 años, en 728 hechos en concurso real.

El joven recuperó la libertad, pero se le fijaron ciertas reglas de conducta, tales como no cometer delitos, no abusar del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes y no provocar disturbios en lugar públicos o privados.

Caso 4

Otro de los aberrantes casos se registró el 10 de julio de 2020, cuando Fernando Antonio Toledo Barahona (29), más conocido como el Potro, ingresó a Facebook desde su domicilio de calle Telles Meneses, en la Ciudad de San Rafael.

El joven mantuvo una conversación con una mujer trans a través del servicio de mensajería de esa red social y le envió una foto de una niña exhibiendo sus genitales junto a un miembro masculino, describe el expediente judicial.

Por ese hecho, Toledo Barahona fue imputado por el delito de distribución o facilitación de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes.

El 25 de febrero de 2021, arregló a través de su defensa un juicio abreviado y lo condenaron a tres años de prisión condicional, por lo que recuperó la libertad.

El juez que dictó la sentencia le fijó al Potro ciertas reglas de conducta a seguir durante dos años: fijar domicilio, no cometer delitos, firmar cada dos meses en la Dirección de Promoción del Liberado, no abusar del consumo de alcohol o estupefacientes y no provocar disturbios en la vía pública.

Caso 5

El último de los casos fue el de Raúl Eduardo Benavidez Granaderos (35), que fue publicado por este diario después que terminó condenado en junio de 2020.

La investigación se inició el 1 de setiembre de 2018, cuando Google detectó que el usuario GucciGusan -asociado al correo electrónico sacalaquemecago0007@gmail.com- divulgó a través de la plataforma Google Local Guides (por ese entonces llamado Google Reviews) material de abuso sexual a menores.

Se trataba de cuatro fotografías de niñas menores de edad exhibiendo sus genitales, revelaron las fuentes consultadas.

A través de la pesquisa se demostró que detrás de ese nick se ocultaba Benavidez Granaderos, quien además del anonimato en esa red social de Google utilizaba otras maniobras para evitar ser identificado.

Al contrario del resto de los casos, el hombre no se conectaba desde su casa para acceder al material ilícito, sino que lo hacía a través de redes WiFi de su lugar de trabajo o de personas allegadas.

Luego de individualizarlo, los detectives constataron que Benavidez Granderos había sido denunciado en abril de 2019 por tocarle la cola a un compañero de trabajo y luego golpearlo. Eso complicó su situación y quedó tras las rejas por ambas causas.

Finalmente, el 18 de junio de 2020 reconoció la autoría de ambos hechos en un juicio abreviado y lo sentenciaron 3 años de prisión efectiva por abuso sexual simple y lesiones leves dolosas en concurso real con divulgación de material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes.