El primer mendocino en ir a juicio por un choque fatal mientras manejaba en estado de ebriedad acaba de cerrar su capítulo en los tribunales, tras un juicio abreviado en el que el acusado fue sentenciado a 4 años y medio de cárcel y la inhabilitación para manejar por 10 años. El caso tuvo gran repercusión, sobre todo porque la Corte mendocina había anulado la primera sentencia.
La pena tiene como protagonista a Aldo Javier Soto Jurado, un hombre que, alcoholizado, chocó y mató en noviembre de 2023 a Luciana Nerea Monardez Aguilera, en un accidente vial ocurrido en calle Paso Hondo de Las Heras y en el que también estuvieron involucrados otros dos motociclistas. La alcoholemia reveló que estaba al volante con 2,28 gramos de alcohol por litro en sangre.
El hombre llegó a juicio en 2025 y fue condenado inicialmente por homicidio simple con dolo eventual en un juicio por jurado popular. Sin embargo, la Suprema Corte posteriormente anuló aquella sentencia.
Ahora, Soto Jurado fue a un juicio abreviado y recibió una pena de 4 años y medio de prisión en efectivo. El acusado se encuentra bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La inhabilitación para conducir por 10 años recién empezará a correr cuando salga en libertad.
A este segundo juicio se llegó por acuerdo entre las partes y con el aval del juez Gabriel Bragagnolo: los fiscales de la Unidad de Tránsito, Gisella Lana y Darío Tagua; la querella, encabezada por Emiliano Marlia, en representación de la madre de la víctima fatal, Monardes Aguilera; y la defensa de Eliseo Saravia.
El choque fatal
El accidente ocurrió el 26 de noviembre del 2023 sobre calle Paso Hondo, en Las Heras.
Según la reconstrucción, Soto Jurado manejaba un Peugeot 207 negro a más de 70 kilómetros por hora y con 2,28 gramos de alcohol en sangre. Cruzó de carril e impactó de frente contra una moto Honda Wave en la que viajaban Franco Alexis Flores y Luciana Nerea Monardez Aguilera.
El Peugeot 207 siguió su carrera sin control y luego embistiendo a otro motociclista, Pablo Adrián Gutiérrez.
Monardez Aguilera murió días después producto de las lesiones sufridas. Flores sufrió heridas graves y Gutiérrez quedó con traumatismos severos y múltiples fracturas.
Primera sentencia y el fallo de la Corte
Soto Jurado fue a juicio en marzo de 2025 ante un jurado popular. En aquella instancia, fue sentenciado por homicidio simple con dolo eventual a ocho años y medio de cárcel e inhabilitación de seis años.
Pero el fallo fue posteriormente revocado por el máximo tribunal de la provincia, porque consideró que no se había explicado de manera correcta una diferencia importante: que el conductor sabía que manejar ebrio y a alta velocidad podía terminar en una tragedia y, no obstante, siguió manejando. Esta era la tesis manejada por los fiscales.
Para la Corte, el jurado recibió instrucciones confusas y contradictorias por parte del juez cuando tenían que decidir si el acusado actuó con dolo eventual o tuvo una conducta imprudente. Esto último, el argumento central de la defensa.
En otras palabras, los ciudadanos no tenían las herramientas suficientes para decidir sobre una discusión jurídica compleja.
Con la firma de María Teresa Day, Dalmiro Garay y Norma Llatser, se anuló la condena y se ordenó un nuevo juicio. José Valerio coincidió en que debía hacerse un nuevo juicio, pero firmó una disidencia parcial. La decisión fue avalada a su vez por Julio Gómez y Omar Palermo, en tanto que Mario Adaro no firmó porque estaba de licencia.
