Oscar Jégou y Hugo Auradou.

En un fallo de 54 páginas, la Suprema Corte de Justicia confirmó este jueves por la mañana el sobreseimiento de los rugbiers franceses Hugo Auradou y Oscar Jegou, en la causa donde habían sido desvinculados de la denuncia por abuso sexual realizada por una mendocina en el 2024.

Estos fueron los puntos principales de la decisión del máximo tribunal:

 1. Confirmación del sobreseimiento

El tribunal resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte querellante, ratificando así la decisión de las instancias previas de desvincular definitivamente a los acusados. El fallo concluye que los hechos denunciados no encuadraban en una figura penal al considerarse acreditada la existencia de “consentimiento” por parte de la denunciante.

2. Análisis de la perspectiva de género

La Corte analizó si los tribunales anteriores habían juzgado con perspectiva de género. Determinó que:

– Juzgar con esta perspectiva es un deber para eliminar prejuicios y estereotipos, pero no permite prescindir de garantías constitucionales como la presunción de inocencia.

– El tribunal consideró que las instancias previas sí aplicaron correctamente este enfoque al valorar el relato de la víctima como punto de partida, pero sin que ello eximiera de confrontarlo con otras pruebas.

3. Inconsistencias en el relato de la denunciante

El fallo destaca que el testimonio de la denunciante carecía de la consistencia necesaria para sostener una acusación:

–  Se observaron contradicciones y variaciones relevantes entre su primera declaración y la ampliación posterior (por ejemplo, sobre si pidió auxilio o las razones por las que quería retirarse de la habitación).

–  Se detectó una “influencia de factores externos”, específicamente conversaciones con una amiga, quien habría introducido conceptos como “violencia” o “violación en grupo” en la percepción de la denunciante.

4. Valoración de las pericias psicológicas y médicas

– Los profesionales concluyeron que el relato de la denunciante no era espontáneo, sino “estructurado y guionado”, careciendo de criterios de credibilidad y validez.

– El Cuerpo Médico Forense determinó que las lesiones constatadas eran inespecíficas  y no podían vincularse de forma objetiva con un abuso sexual.

– Se valoró que la denunciante padecía de la enfermedad de von Willebrand (un trastorno de la coagulación), lo que ofrecía una explicación alternativa para la aparición de hematomas ante presiones mínimas.

5. Prueba testimonial y documental

Ninguno de los elementos de corroboración periférica respaldó la versión de la víctima:

– Los registros fílmicos del hotel y el boliche no mostraron situaciones de fuerza.

– Testigos (como el chofer de Cabify, personal de seguridad y otros huéspedes) no advirtieron un estado anímico alterado, lesiones visibles ni escucharon gritos o pedidos de auxilio.

6. Agotamiento de la investigación

La Corte rechazó el argumento de que el sobreseimiento fue “prematuro”. Concluyó que el Ministerio Público Fiscal realizó una investigación completa y eficaz, y que no existían medidas de prueba pendientes que pudieran alterar razonablemente el cuadro probatorio actual.