La disputa salarial que enfrentó a los funcionarios judiciales con el Gobierno provincial desde hace más de una década llegó a una definición dividida en la Suprema Corte. El conflicto se remontó a 2013, cuando el Ejecutivo y la propia Corte firmaron en paritarias un compromiso para que no aumentara la brecha salarial entre magistrados y funcionarios. Ese acuerdo, conocido como la “Cláusula C”, estableció que las actualizaciones debían mantener la relación histórica entre escalafones.

Según reconstrucciones de la causa, la distancia entre ambos segmentos se amplió en los años posteriores y generó un perjuicio acumulado. Los funcionarios judiciales (secretarios, prosecretarios, profesionales forenses y peritos, ayudantes fiscales, inspectores judiciales y el secretario administrativo de la Corte) iniciaron una demanda que ingresó el 23 de noviembre de 2017. Las pericias presentadas en el expediente reflejaron ese desfasaje y acreditaron que el compromiso paritario no se cumplió en distintos períodos.

La posición mayoritaria

El voto mayoritario —integrado por Julio Gómez, Teresa Day, Norma Llatser, José Valerio y Dalmiro Garay— sostuvo que la “Cláusula C tenía operatividad, que los funcionarios judiciales tenían legitimación y que el Ejecutivo incumplió la obligación asumida en 2013.

Sin embargo, ese bloque consideró que el Poder Judicial no podía sustituir a la paritaria, fijar por su cuenta porcentajes de recomposición ni ordenar liquidaciones automáticas. En consecuencia, dispuso un remedio limitado: intimó al Ejecutivo a formular una propuesta razonable de recomposición salarial, en especial respecto de 2016, y dejó abierta la posibilidad de revisar 2018 y 2019.

La disidencia

Por su parte, los ministros Mario Adaro y Omar Palermo compartieron el diagnóstico técnico de que la cláusula era exigible y que los derechos salariales de los funcionarios se vieron afectados. Pero plantearon una salida distinta: propusieron admitir plenamente la demanda, establecer judicialmente las brechas reales y ordenar el pago directo de las diferencias, con intereses actualizados. Eso, traducido en dinero, implicaría un número que hubiese puesto en aprietos a cualquier gobierno.

En su voto, identificaron las siguientes brechas acumuladas entre funcionarios y magistrados para los años analizados: 7,05 %; 23,73 %; 27,73 %; 51,79 %; y 97,99 % correspondientes a distintos períodos entre 2014 y 2019. Según esa postura, la sentencia debía cuantificar la deuda y exigir su cancelación.

Un conflicto que se prolongó más de una década

El expediente permaneció sin resolución definitiva durante años, a pesar de que las pericias resultaron concluyentes. Según plantearon los propios actores, la demora respondió al impacto presupuestario que implicaba un fallo favorable. Ese impacto, señalaron, recayó durante doce años en el bolsillo de los funcionarios, que no recibieron las actualizaciones previstas en el acuerdo paritario.

El caso volvió a exponer una dinámica repetida en los litigios salariales contra el Estado: acuerdos homologados que no se cumplieron, pruebas que confirmaron el perjuicio y procesos que se extendieron indefinidamente por las consecuencias fiscales de una eventual sentencia condenatoria.