El Gobierno rechazó un recurso jerárquico presentado por un Licenciado en Psicología, quien solicitaba que se le reconociera su antigüedad como empleado del Estado desde el periodo en que estuvo contratado.
La decisión, oficializada a través del Decreto N° 1704, ratifica la postura del Estado provincial de no computar el tiempo de servicios como contratado para fines de antigüedad en la carrera profesional.
El reclamo del profesional buscaba que se considerara el tiempo en que trabajó bajo la modalidad de contratación de servicios para su promoción salarial, aportes previsionales y el cálculo de vacaciones, entre otros beneficios.
Sin embargo, el decreto sostiene que, según la Ley de Procedimiento Administrativo, la Ley de Carrera Profesional y el régimen de Convenio Colectivo de Trabajo, la antigüedad en la carrera profesional solo se computa a partir del ingreso formal a la planta permanente del Estado.
En el decreto se explica que un empleado contratado no forma parte del escalafón que regula la Ley N° 7759, y su relación laboral se rige por un régimen normativo diferente. El ingreso a la carrera profesional y el cómputo de antigüedad para la promoción se produce cuando hay un acto administrativo de nombramiento en la planta permanente.
El documento cita a la Asesoría de Gobierno y a la Fiscalía de Estado, que coinciden en que no existe una norma legal que permita acumular antigüedad en el escalafón por el tiempo en que una persona prestó servicios como contratada.
Además, el decreto hace referencia a la jurisprudencia de la Suprema Corte, que indica que el derecho a la antigüedad es exclusivo del personal con estabilidad y no se extiende a los contratados. La Corte también aclara que el principio de “igual remuneración por igual tarea” no es absoluto en el ámbito público, sino que está sujeto al régimen estatutario.
El Gobierno de Mendoza señaló que el profesional había sido designado en la planta permanente a partir del 1 de septiembre de 2016. Dado que el profesional había consentido libremente su forma de contratación anterior, el gobierno provincial consideró que no era jurídicamente admisible que esa vinculación se tornara retroactiva para los fines de su carrera profesional.
