El gobierno de Mendoza ratificó la plena vigencia de la Ley 8727, conocida popularmente como la “Ley de Tope Salarial”, tras rechazar un recurso administrativo de un médico del Hospital Pediátrico Dr. Humberto J. Notti.
El profesional de la salud había interpuesto un recurso de alzada para que se declarara inaplicable esta norma en su caso particular. El médico argumentaba que acuerdos previos de la Comisión Negociadora de la Ley 7759 debían tener preeminencia sobre la Ley 8727.
La Ley de Tope Salarial
La Ley 8727 de Mendoza es una norma de “orden público” que establece que ningún empleado del Estado provincial puede percibir una remuneración bruta total superior a la que legalmente le corresponde al cargo del gobernador. Esta ley, que ha generado controversia en varios sectores, fue diseñada para limitar los salarios más altos dentro de la administración pública.
El decreto, fundamentado en la legalidad de la norma, rechaza el argumento del médico. Los fundamentos de la resolución señalan que una ley de orden público como la 8727, que busca preservar la equidad en los salarios públicos, no puede ser motivo de un “trato discriminatorio” o un “desvío de poder”.
Lo que sí se admitió
A pesar de la negativa a la inaplicabilidad de la ley, el decreto admite el recurso de forma parcial. El Ejecutivo consideró que el pedido de reducción de jornada laboral del profesional no fue tratado adecuadamente en las instancias previas.
Por esta razón, el decreto ordena que las actuaciones sean remitidas al Área de Recursos Humanos del Hospital Notti para que se analice y se le dé un tratamiento al pedido de reducción horaria.
