La Dirección General de Escuelas (DGE) dispuso la sanción de cesantía para un trabajador no docente del sistema educativo provincial, según se desprende de una reciente resolución firmada por el Director General de Escuelas, Tadeo García Zalazar.
La medida afecta a un agente que se desempeñaba como Ordenanza Celador Titular en el Centro de Capacitación para el Trabajo (CCT) N° 6-203 del departamento de Godoy Cruz.
El proceso administrativo se desarrolló bajo la Ley Nº 9103, la cual rige el régimen disciplinario del personal no docente. El expediente pasó por las siguientes instancias clave:
- Instrucción sumaria: realizada por la Oficina General de Sumarios.
- Dictamen de Junta de Disciplina: la Junta para los Trabajadores No Docentes cerró la investigación y sugirió la sanción aplicable.
- Análisis jurídico: la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la DGE avaló y sugirió compartir la sanción propuesta por la Junta.
La DGE resolvió aplicar la sanción de cesantía, la cual es una de las más severas en el régimen laboral público, en base a lo establecido por el artículo 5, inciso a) del Anexo I de la Ley Nº 9103. Aunque la resolución no detalla la naturaleza exacta de la falta, la Cesantía se aplica por incumplimientos graves o reiterados del deber funcional.
La sanción tiene efecto a partir de la fecha de su notificación al agente.
El celador fue notificado de la resolución, que concluye la vía administrativa. El sancionado posee ahora un plazo de 30 días corridos para interponer una Acción Procesal Administrativa ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en caso de que decida apelar la decisión.
