La Corte Suprema de Justicia de la Nación cerró la instancia judicial de una disputa que durante más de una década enfrentó a propietarios y desarrolladores del barrio Villa Catalina, en Las Heras. El máximo tribunal rechazó el recurso extraordinario presentado por la Asociación Mutual de Farmacéuticos de Mendoza (Amfarm) contra la Unión Vecinal del complejo y dejó firme la decisión de las instancias anteriores.
El conflicto arrastra reclamos por las condiciones del emprendimiento, cuestionamientos sobre la administración del barrio y una disputa por el control del complejo que terminó incluso con una denuncia por la toma de una garita de seguridad.
La pelea legal escaló hasta la Corte nacional, que el pasado 10 de septiembre declaró inadmisible el recurso extraordinario y le impuso las costas a la mutual.
Un barrio vendido con una promesa que terminó en conflicto
La historia comenzó a complicarse en 2014, cuando los primeros vecinos instalados en Villa Catalina comenzaron a reclamar por la diferencia entre las características promocionadas comercialmente y la realidad del desarrollo.
El emprendimiento, comercializado por Titulizar y Amfarm, había sido presentado como un complejo residencial de categoría. Entre las prestaciones ofrecidas figuraban piscinas, solárium, gimnasio equipado, salón de eventos y un centro comercial exclusivo.
Con el paso del tiempo, los propietarios cuestionaron distintos aspectos del proyecto y denunciaron que las condiciones del barrio no respondían a aquellas expectativas. En las actuaciones judiciales llegaron a describir aquella oferta como una “fantasía de Disney”.
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Uno de los principales cuestionamientos estuvo relacionado con la construcción de las viviendas. Según denunció la Unión Vecinal, el proyecto original contemplaba dúplex, pero posteriormente se levantaron tríplex y cuádruplex. Para los propietarios, esa modificación generó una mayor cantidad de habitantes y terminó impactando sobre los servicios básicos, los espacios comunes y la disponibilidad de estacionamiento.
En las actuaciones judiciales, los vecinos también cuestionaron duramente la gestión de Titulizar y Amfarm. “Nunca tuvieron una administración, simplemente una máquina de hacer dinero con los emprendimientos realizados para seguir creciendo sin escrúpulos y quebrando la confianza y esperanza de la gente”, denunciaron.
Los propietarios también calificaron las atribuciones de la administración original como una “dictadura”.
La pelea por conseguir una representación vecinal
La disputa no quedó limitada a las condiciones del barrio, sino que también se trasladó al terreno institucional. Entre 2016 y 2018, la Dirección de Personas Jurídicas rechazó en tres oportunidades los intentos de constituir una Unión Vecinal. El argumento fue que el predio debía regirse por el régimen de propiedad horizontal.
El escenario cambió a fines de 2018. La Dirección de Personas Jurídicas dictó la Resolución 3.409 y autorizó la personería de la organización vecinal después de considerar la intervención del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) en un sector del complejo.
Amfarm cuestionó esa decisión y sostuvo que esa intervención había sido utilizada como fundamento de manera incorrecta. Según la mutual, de las más de 110 viviendas existentes en el barrio, solamente 31 correspondían a un plan estatal del programa Mendoza Construye, mientras que las restantes formaban parte de un fideicomiso privado.
La toma de la garita y el salto a la Justicia
El enfrentamiento alcanzó uno de sus puntos más tensos el 19 de diciembre de 2018. Amfarm denunció ante la Justicia que un grupo de propietarios tomó por la fuerza la garita de seguridad, desplazó al personal e impidió el ingreso de trabajadores de la constructora.
Los residentes dieron una versión diferente de aquel episodio. Sostuvieron que la medida había sido una forma de autodeterminación frente al vencimiento del mandato de la administradora.
A partir de entonces, la disputa por quién debía administrar el complejo quedó directamente ligada al proceso judicial que terminó recorriendo distintas instancias.
Del tribunal mendocino a la Corte Suprema
La acción preventiva impulsada por Amfarm buscaba recuperar el control del complejo. La pretensión fue rechazada primero por el Tribunal de Gestión Asociada N.º 2 y luego por la Cámara Quinta de Apelaciones de Mendoza.
La mutual llevó entonces la discusión a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. En septiembre de 2022, el máximo tribunal provincial habilitó la vía federal al considerar que el caso involucraba cuestiones vinculadas con el alcance del derecho constitucional de propiedad.
El expediente finalmente llegó a la Corte Suprema de la Nación, que declaró inadmisible el recurso extraordinario mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, impuso las costas del proceso a Amfarm.
La decisión de la Corte no implica que el tribunal haya revisado y confirmado uno por uno los argumentos discutidos durante los años de conflicto. En su voto individual, Ricardo Lorenzetti recordó la doctrina establecida en el caso “Vidal” y explicó el alcance de este tipo de rechazo.
En términos simples, la aplicación del artículo 280 permite a la Corte desestimar un recurso extraordinario por inadmisible sin que ello suponga pronunciarse sobre las decisiones tomadas por los tribunales anteriores.
Con esa resolución, el expediente regresó al tribunal de origen para las notificaciones correspondientes y quedó agotada la instancia judicial que había llegado hasta el máximo tribunal del país.

