El 18 de enero de 2017, un incendio desatado en el techo del Espacio Contemporáneo de Arte (ECA) generó la destrucción de la cúpula y produjo daños patrimoniales y arquitectónicos. También derivó en un proceso judicial impulsado por el fiscal de Estado, Fernando Simón, contra la empresa encargada de la obra de limpieza e impermeabilización de la terraza y funcionarios de la Secretaría de Cultura que en ese momento comandaba Diego Gareca.

En agosto de 2021, un fallo de la jueza civil María Paz Gallardo condenó a los denunciados a pagar casi 26,5 millones de pesos -más intereses- al Gobierno provincial por los daños y perjuicios ocasionados en el incendio. Dicha sentencia fue apelada y este lunes, la Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia contra todos los involucrados, excepto uno: Gareca.

“No hacer lugar a los recursos de apelación interpuesto por DELA SA; Alejandro Gustavo Balegno, Ana Laura Torrisi, Margarita Videla, María Laura Tinte y Judith de Liberato”, sostiene el primer punto de la resolución judicial. El segundo es el que beneficia a Gareca, al “hacer lugar” al recurso presentado por el exfuncionario provincial y actual director de Cultura e Industrias Creativas de Godoy Cruz.

Según trascendió, la Fiscalía de Estado llevará el caso a la Suprema Corte de Justicia.

La apelación

El fallo original fue modificado por Carla Zanichelli, Patricia Canela Romero y Beatriz Moureu, integrantes de Quinta Cámara de Apelaciones en lo Civil, que exceptuaron a Gareca y mantuvieron las condenas contra:

  • DELA SA, la empresa que ganó la adjudicación para ejecutar las obras de limpieza e impermeabilización de la terraza del ECA.
  • Balegno y Torrisi, presidente y vice, respectivamente, de la firma.
  • Tinte, coordinadora del ECA y miembro de la Comisión de Preadjudicación, por el accionar negligente al analizar las ofertas que se realizaron en el proceso licitatorio, ya que la empresa no cumplía con los requisitos del pliego.
  • De Liberato, directora de Administración de la Secretaría de Cultura, quien debía controlar el trámite y cumplimiento de la licitación, como también a sus subordinados.
  • Videla, jefa del Área de Compras y Contrataciones de la Secretaria de Cultura, por elegir al proveedor sólo en base al “precio conveniente”, obviando factores como calidad e idoneidad del oferente.

La sentencia obliga a los condenados pagarle al Gobierno 26.480.156,84 pesos, más los intereses correspondientes.

En la primera instancia, Gareca fue encontrado “responsable personalmente del menoscabo patrimonial”, y lo condenaron por “haber omitido ejercer un control sobre las tareas realizadas, lo que debió haber hecho ya sea personalmente o mediante la designación de personal técnico”.

En su conclusión, la jueza Gallardo además señalaba que “el daño sufrido por el patrimonio de la Provincia se debió a una multiplicidad de acciones y omisiones negligentes tanto de la empresa contratista, sus directores y operarios como de los funcionarios intervinientes que incurrieron en un irregular cumplimiento de las obligaciones legales que les están impuestas a cada uno según sus cargos”.

Pero la Cámara de Apelaciones revirtió una parte del fallo y consideró que Gareca es inocente. “No se vislumbra un actuar negligente por parte del funcionario que autorice a endilgarle la responsabilidad por los daños producidos”, concluyó Zanichelli, cuya opinión fue compartida por Canela Romero y Moureu.