El titular de la Administración Tributaria Mendoza, Alejandro Donati, detalló en la Cámara de Diputados el proyecto de las leyes de Avalúo e Impositiva, que llegan con las actualizaciones para el 2022. 

Por un lado, la intención del Gobierno provincial es dar beneficios a los contribuyentes que han cumplido y, por el otro, a los rubros más afectados por la pandemia.

Avalúo

Los avalúos de las propiedades se ajustan en un 33%, ya que se sigue la pauta de inflación del Presupuesto Nacional. Las escalas de tributación son las que se vienen aplicando en los años anteriores.

Impositiva

Ingresos Brutos. Debido a la crisis que afecta a muchos rubros, se propone un beneficio especial de reducción de hasta el 50% en el pago del impuesto a determinadas actividades. De las 51 actividades contempladas en la Ley vigente, se suman 17 más, haciendo un total de 68 actividades alcanzadas, beneficiando a alrededor de 14 mil contribuyentes.

Se mantiene la reducción de alícuota de Ingresos Brutos a actividades de call centers, de 4 a 1%, y se establece Tasa cero para actividades dedicadas a software y a la investigación y desarrollo, como así también a actividades dedicadas a la recuperación de materiales y desechos.

Impuesto Inmobiliario. El incremento será de hasta 49% en 2022, ya que se mantiene la estructura general del impuesto y se ajusta el avalúo fiscal en un 33%. 

Aquellos inmuebles destinados a servicios de alojamiento con certificado expedido por el Ente Mendoza Turismo pagarán un cincuenta por ciento (50%) del impuesto en 2022 en la medida que no tengan deudas.

Sellos. Se mantendrán para el próximo año las exenciones que se incorporaron en la Ley 9.277, aunque actualizando los montos de los rangos. Así las locaciones para vivienda de hasta $ 26.000 mensuales quedarán exentas, y también las locaciones comerciales de hasta $86.600 por mes.

Respecto a los tomadores de créditos bancarios para la construcción o compra de sus viviendas, se propone ajustar los montos para la exención de este impuesto para los créditos hipotecarios de hasta $3.088.260, y se mantiene una alícuota disminuida para los montos superiores.

Automotores. En la ATM señalaron que el impuesto no experimenta modificaciones en cuanto a la forma de cálculo, otorgamiento de beneficios para los contribuyentes ni modelos que se rigen por la valuación de la Dirección Nacional de Registros Públicos Automotores (D.N.R.P.A.).

Se prevén límites en caso de un posible aumento de la valuación de los automotores por la D.N.R.P.A:

Hasta $1.400.000 paagarán 33%.

– Desde $1.400.001 hasta $2.700.000, pagarán 39%.

– Desde $2.700.001 en adelante, abonarán 49%.

Los vehículos del grupo I entre los años 1990 a 1996 no estarán alcanzados para el pago de este impuesto.

Beneficios para Inmobiliario y Automotor

Se otorga así un beneficio adicional a quien abone el impuesto anual de Automotores en un único pago, al igual que en el Impuesto Inmobiliario. El descuento en este tributo podría llegar al 25%.

El contribuyente que no posea deuda al 31 de diciembre de 2021, obtendrá 10% de descuento y un adicional del 10% si también estuvo al día al 31 de diciembre de 2020. Además, obtendrá un beneficio extra del 5% si abona la cuota anual 2022 en término.