El proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo nacional al Congreso para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (N° 27.642), conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal, provocó una inmediata reacción en Mendoza. Los autores de la normativa original sancionada en 2021, la senadora kirchnerista Anabel Fernández Sagasti y el exdiputado nacional radical Julio Cobos, salieron en defensa de los octógonos negros. Desde La Libertad Avanzan aseguran que se trata de una idea de cambio vinculada al mercado exportador.
“La ley de etiquetado no nació como un capricho o una medida legislativa sin pensar, sino que fue fruto de la construcción de intereses de varios legisladores y se basó en legislación comparada con países como Chile, Perú y México”, afirmó Fernández Sagasti a El Sol.
La senadora fue tajante al analizar el giro de la Casa Rosada: “Este Gobierno cedió al lobby de las empresas alimenticias, que son los mismos argumentos que tenían cuando no querían que saliera la ley, como que es una normativa rígida o los sobrecostos. Son cosas que no tienen sentido. Si en el Ejecutivo piensan que es muy rígida, hubieran tratado de cambiar la ley y hacerla mejor, porque toda ley es perfectible”, disparó, tras recordar que la norma previene patologías como la “diabetes tipo 2, hipertensión y la malnutrición”.
Y recordó que el objetivo final de la ley es que “la industria mejore sus productos y que no tengan octógonos. Hay marcas que han utilizado esto como publicidad positiva”.
Fernández Sagasti y Cobos defendieron el Etiquetado Frontal y acusaron al Gobierno de ceder al “lobby empresario”
El proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo nacional al Congreso para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (N° 27.642), conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal, provocó una inmediata reacción en Mendoza. Los autores de…
Por su parte, Julio Cobos coincidió en el diagnóstico político sobre las presiones corporativas y defendió el proceso de construcción de la norma. “El discurso utilizado para justificar esta modificación recupera argumentos que históricamente impulsaron sectores empresariales que se opusieron a la norma desde sus inicios. Conceptos como ‘sobrecostos’, ‘rigidez normativa’ o la necesidad de ‘armonización con el Mercosur’ vuelven a aparecer. Pareciera que el lobby empresario encontró eco en la decisión oficial”, señaló el exvicepresidente.
Cobos advirtió además sobre el impacto sanitario de dar marcha atrás: “Hasta el momento no se ha presentado un informe de impacto que respalde la necesidad de debilitar una herramienta obligatoria. Reducir mecanismos de prevención representa una decisión difícil de justificar. Derogar o vaciar de contenido una política de estas características implica retroceder en materia de derechos del consumidor y salud pública”.
El plan oficial: barajar y dar de nuevo con el Mercosur
En la otra vereda, los argumentos del oficialismo apuntan a una necesidad estrictamente comercial y desregulatoria. Fuentes en el Senado consultadas por este diario aseguraron que una de las posibilidades que baraja el Ejecutivo es derogar la norma actual para empezar de cero con una nueva legislación que sea homologable con los países miembros del Mercosur, evitando el aislamiento comercial.
Esa postura fue ratificada por la diputada libertaria Daiana Fernández Molero, quien en sus redes sociales argumentó la necesidad de eliminar las trabas burocráticas a las exportaciones y los costos del “doble etiquetado”. “Nosotros fijamos por ley criterios técnicos que deberían definir los organismos pertinentes, algo que no pasó en los otros países del Mercosur. Y elegimos un sistema (umbrales móviles) que solo usan Colombia y México”, detalló la legisladora.
En sintonía, el diputado nacional de La Libertad Avanza por Santa Fe Alejandro Bongiovanni utilizó también las redes para apuntalar el proyecto de derogación enviado por Milei, Adorni y el ministro de Salud, Mario Lugones. “La Ley de Etiquetado Frontal no solo no informa, sino que confunde. Si todo tiene octógono negro, el sello no significa nada. Además, le encarece los costos al productor y traba las exportaciones porque es incompatible con el Mercosur”, esgrimió.
Para el santafesino, la vuelta al esquema tradicional es la solución más sensata: “El Código Alimentario ya regula la información nutricional de forma seria y esta ley solo entorpece el proceso comercial. Menos burocracia inútil, más libertad de mercado”, concluyó.
El Gobierno también considera propone la derogación total, lo que eliminaría los sellos negros, las trabas a la publicidad y el veto a los personajes infantiles en los envases.
En tanto, el Ejecutivo asevera que el esquema actual confunde al consumidor porque trata igual a un alimento tradicional sano que a un ultraprocesado, sin medir porciones reales.
Mientras el Congreso se prepara para debatir el proyecto de derogación enviado por la Casa Rosada, la Ley N° 27.642 -vigente desde su sanción en 2021- mantiene un estricto ecosistema de regulaciones sobre el mercado alimenticio argentino. De acuerdo con la guía oficial del Ministerio de Justicia de la Nación, estos son los puntos estructurales que el Poder Ejecutivo pretende eliminar por completo:
- Los cinco octógonos negros: la ley obliga a colocar sellos negros con letras blancas en la cara principal de los envases cuando los productos superen los límites de nutrientes críticos establecidos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Las advertencias vigentes son de forma indeleble: “EXCESO EN AZÚCARES”, “EXCESO EN SODIO”, “EXCESO EN GRASAS SATURADAS”, “EXCESO EN GRASAS TOTALES” y “EXCESO EN CALORÍAS”.
- Leyendas para la niñez: además de los octógonos, exige dos advertencias con tipografía rectangular en caso de contener sustancias específicas: “CONTIENE EDULCORANTES, NO RECOMENDABLE EN NIÑOS/AS” y “CONTIENE CAFEÍNA. EVITAR EN NIÑOS/AS”.
- Los productos exceptuados: la normativa actual exime de la colocación de sellos únicamente al azúcar común, los aceites vegetales, los frutos secos y la sal común de mesa.
- Prohibición de personajes y dibujos: los alimentos que lleven al menos un sello de advertencia tienen prohibido por ley incluir en sus envases personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, mascotas, o la imagen de celebridades, influencers, músicos y deportistas. Tampoco pueden ofrecer premios, obsequios, juegos o descargas digitales que fomenten su consumo.
- Veto publicitario: queda estrictamente prohibida la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos con sellos que esté dirigida de forma directa a niños, niñas y adolescentes. Asimismo, no se les permite resaltar cualidades nutricionales positivas (como “fuente de vitaminas”) en las pautas publicitarias de estos productos.
- Aislamiento en los colegios: la ley actual establece que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia o leyenda precautoria no pueden ser vendidos ni promocionados en los kioscos o comedores de los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario de todo el país.
- El régimen de sanciones: el marco legal estipula severas penalidades para las empresas elaboren, fraccionen, importen o comercialicen productos en infracción, previendo castigos económicos que van desde el apercibimiento administrativo hasta la clausura definitiva del establecimiento.
