Los concejales de Luján de Cuyo.

Un proyecto de ley presentado en la Legislatura de Mendoza propone ampliar el período de sesiones ordinarias de los Concejos Deliberantes de la provincia, que pasarían a funcionar desde el 1 de febrero hasta el 30 de noviembre de cada año. La iniciativa busca modificar la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 1079 para facilitar el tratamiento de los presupuestos municipales y fortalecer el control de las cuentas públicas.

El proyecto tiene como autor al diputado Néstor Majul, de la Unión Cívica Radical, y cuenta con las firmas de Martín Rostand, del PRO, y Mauricio Sat, del Partido Justicialista. La propuesta retoma un planteo del Concejo Deliberante de Luján de Cuyo, formalizado mediante la Resolución N.º 163/2026, aunque sus efectos alcanzarían a todos los cuerpos deliberativos municipales regulados por la normativa provincial.

Actualmente, las sesiones ordinarias se desarrollan entre el 1 de marzo y el 30 de octubre, con la posibilidad de una prórroga de hasta 30 días. El proyecto plantea extender dos meses el calendario ordinario: incorporaría febrero al inicio del período y noviembre a su cierre, con el objetivo de evitar que asuntos centrales de la administración municipal deban tratarse mediante prórrogas o sesiones extraordinarias.

Presupuesto y rendición de cuentas, los ejes de la reforma

Uno de los principales argumentos de la iniciativa es la necesidad de compatibilizar el calendario legislativo con las obligaciones establecidas en la propia Ley Orgánica de Municipalidades. El artículo 105 dispone que los intendentes deben presentar las cuentas del ejercicio vencido durante la primera semana de febrero, mientras que el artículo 138 establece que los Concejos Deliberantes deben estudiar y resolver esas rendiciones durante ese mes. Sin embargo, el período ordinario comienza actualmente en marzo.

La propuesta también apunta a facilitar el debate de los presupuestos municipales. La normativa vigente establece que los departamentos ejecutivos deben remitir los proyectos de presupuesto y cálculo de recursos durante octubre y, en todo caso, antes del 1 de noviembre. Como las sesiones ordinarias terminan el 30 de octubre, el tratamiento de esas iniciativas puede quedar sujeto a una prórroga o a una convocatoria extraordinaria.

Con la extensión hasta el 30 de noviembre, los concejos tendrían un mes adicional para analizar, debatir y sancionar los presupuestos antes del comienzo del siguiente ejercicio. Según los fundamentos del proyecto, la modificación permitiría mejorar la planificación financiera de los municipios y reducir la necesidad de recurrir a mecanismos excepcionales para resolver asuntos previsibles.

Qué cambios propone el proyecto de ley

Además de modificar el calendario de sesiones, la iniciativa establece que los intendentes deberán informar al Concejo Deliberante, al inaugurar el período ordinario, sobre el estado general de la administración y el movimiento de fondos del ejercicio económico anterior. Ese informe deberá ser publicado.

El proyecto también precisa el procedimiento para el tratamiento de las rendiciones de cuentas. Los intendentes deberán presentarlas durante la primera semana de febrero, con la documentación exigida por el Tribunal de Cuentas. Los concejos tendrán que aprobarlas o rechazarlas, total o parcialmente, durante las sesiones de ese mes, previo informe de la comisión especial correspondiente. Si no logran resolverlas en ese plazo, deberán continuar su tratamiento con carácter prioritario en las sesiones ordinarias siguientes.

Los fundamentos también destacan el avance de las herramientas digitales en la administración municipal, como los expedientes electrónicos, la firma digital y los mecanismos de comunicación remota, que facilitarían la continuidad del trabajo legislativo. Asimismo, señalan que la ampliación no implicaría una erogación específica ni modificaría las competencias de los municipios.

En caso de ser sancionada, la ley comenzará a aplicarse a partir del primer período de sesiones ordinarias que se inicie después de su publicación en el Boletín Oficial. Los Concejos Deliberantes deberán adecuar sus reglamentos internos, aunque la falta de esa actualización no impedirá la aplicación directa de la norma.