La carrera electoral en la Universidad Nacional de Cuyo comienza a tomar forma de cara al 9 de junio y cada aspirante a tener el control de la casa de estudios empieza a utilizar su “munición pesada” en lo que propuestas refiere.
En este caso, la fórmula integrada por Ismael Farrando (candidato a rector) y María Jimena Estrella Orrego (candidata a vicerrectora) presentó una acción de amparo colectivo contra el Estado Nacional, con el foco puesto en la Jefatura de Gabinete de Ministros -hoy encabezada por Manuel Adorni-, para exigir el cumplimiento efectivo de la Ley de Financiamiento Universitario.
De acuerdo a lo explicado por Farrando, que supo ser decano de la Facultad de Derecho en dos oportunidades, la presentación judicial introduce un elemento político y jurídico de “enorme impacto”. Según el planteo, la aplicación de la Ley 27.795 no está frenada por una imposibilidad técnica ni legal, sino por “una decisión política del actual jefe de Gabinete, Manuel Adorni“.
El amparo indica que Adorni posee facultades constitucionales y legales concretas para reestructurar partidas presupuestarias y garantizar el cumplimiento de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición Salarial Docente, sancionada en el Congreso.
La UNCuyo reclamó por la caída del presupuesto y habló de un ataque discursivo del Gobierno
Gabriel Fidel, vicerrector de la Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo), habló este martes sobre cómo afecta al funcionamiento de la casa de estudios la crisis de financiamiento a nivel nacional. Este martes, la UNCuyo participará de la Marcha Federal Universitaria convocada…
Según la presentación, la propia Constitución Nacional establece que el jefe de Gabinete es el responsable de ejecutar el Presupuesto Nacional, mientras que la Ley de Administración Financiera y la actual Ley de Presupuesto “lo habilitan expresamente a realizar reestructuraciones y reasignaciones de partidas”.
La acción impulsada por ambos candidatos busca que la Justicia Federal ordene el cese inmediato de la “omisión inconstitucional” de la Jefatura de Gabinete y obligue al Estado a ejecutar las partidas necesarias para recomponer salarios y financiar adecuadamente a las universidades nacionales.
El Gobierno redobló la apuesta antes de la marcha: “La universidad da pocos graduados”
El subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, señaló que “el presupuesto universitario es arbitrario” y recalcó que el sistema les “está dando muy pocos graduados y gasta 400.000 millones de pesos por mes en salarios”. El funcionario cuestionó que el presupuesto…
Entre otros argumentos vertidos, el escrito sostiene que existe una violación de Derechos Constitucionales. Primero, en lo que respecta al derecho a una remuneración y jubilación digna. Se alega la vulneración de los artículos 14 y 14 bis de la Constitución Nacional, que garantizan condiciones dignas de labor, una retribución justa y jubilaciones móviles e integrales.
El amparo destaca que el salario docente tiene carácter alimentario. A su vez, el derecho a la Salud: para Farrando, la desfinanciación salarial afecta directamente a las obras sociales universitarias (como DAMSU), comprometiendo el derecho humano a la salud de sus afiliados.
En tercer lugar, hace mención a la protección de grupos vulnerables. Bajo el artículo 75 inciso 23 de la CN, se reclama una protección especial para los jubilados, considerando que el envejecimiento y la enfermedad son causas determinantes de vulnerabilidad que el Estado debe atender en su política fiscal.
Por otro lado, refiere a las obligaciones del Estado en educación y tratados Internacionales. Para Farrando, el artículo 75 inciso 19 de la CN impone al Estado el deber de asegurar los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal. A su vez, el reclamo se apoya en el principio de progresividad y la prohibición de regresividad en materia de derechos sociales, además de la autonomía universitaria.
Finalmente, alude a la legalidad de la omisión. El documento menciona que la “falta de fondos” no es una justificación válida cuando existen herramientas legales para la redistribución de partidas. Además, señalan que el Poder Ejecutivo suspendió arbitrariamente la aplicación de la Ley 27.795 mediante el Decreto 759/2025, basándose en la Ley 24.629, lo cual consideran un acto de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta.
La presentación completa
Para el Gobierno nacional, la actual ley que impulsó la oposición durante 2025 no tiene posibilidad de cumplirse por falta de presupuesto. Por eso presentó, con la Procuración del Tesoro de la Nación liderada por Sebastián Amerio, un Recurso Extraordinario Federal a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal para suspender la aplicación de los artículos 5 y 6 del texto.
