La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de una amplia gama de productos capilares de la marca “Evolución Cosmetics Hair” ya que no poseen registros sanitarios y podrían presentar un riesgo para los consumidores.

La medida fue oficializada mediante la Disposición 5656/2025 y surge tras detectarse la venta de una serie de productos de la marca “Evolución Cosmetics Hair” que carecían de inscripción sanitaria. La falta de registro fue el motivo por el cual Anmat decidió prohibir el uso, comercialización y distribución de los productos a nivel nacional.

La lista de productos prohibidos es extensa e incluye variedades de alisadores, tratamientos capilares y productos de cuidado del cabello, como keratina, botox capilar, protectores térmicos, aceites y máscaras. La Anmat hizo hincapié en que ninguno de estos productos cuenta con la autorización sanitaria necesaria para su comercialización en el país, lo que implica que se desconoce su origen y los procesos de elaboración a los que han sido sometidos. Además, se detectó la oferta de estos productos a través de la red social Instagram, lo que llevó a la intervención del Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Sujetos a Vigilancia Sanitaria para gestionar la eliminación de estas publicaciones.

Uno de los principales motivos de preocupación es la posible presencia de formol (formaldehído) en los alisadores capilares de la marca. El formol es un ingrediente cuyo uso está restringido en productos para alisar el cabello debido a los riesgos asociados a la inhalación de vapores tóxicos. La exposición aguda al formol puede causar irritación en la piel, ojos y vías respiratorias, mientras que la exposición crónica se ha relacionado con el desarrollo de hipersensibilidad, dermatitis alérgicas e incluso un mayor riesgo de padecer ciertos tipos de cáncer.

Ante esta situación, la Anmat ha ordenado la prohibición del uso, comercialización, publicidad y distribución de todos los productos de la marca “Evolución Cosmetics Hair” en todo el territorio nacional, hasta que se regularice su situación.

La medida busca proteger a los consumidores de los posibles efectos adversos derivados del uso de productos ilegales y sin garantía de calidad. Se solicita a los consumidores que se abstengan de adquirir o utilizar estos productos y que denuncien cualquier punto de venta que los ofrezca.

Por su parte, la Disposición 5661/2025 impone una medida similar sobre los productos de la marca “Carbon Coco” que incluían blanqueadores dentales, enjuagues bucales y mascarillas faciales.

La investigación se originó a partir de un reporte de Cosmetovigilancia que alertó sobre la venta online de productos como blanqueadores dentales y enjuagues bucales de la marca “Carbon Coco”. Tras verificar la base de datos de cosméticos registrados, la Anmat constató que ninguno de los productos hallados contaba con la inscripción correspondiente. Esta falta de registro impide garantizar la seguridad y eficacia de estos productos, ya que se desconoce su formulación y los ingredientes utilizados.

La situación se agravó al descubrirse que el producto “Enjuague bucal Activated Charcoal Alcohol Free Rinse marca CARBON COCO” presentaba datos falsos sobre su inscripción sanitaria. Los datos indicados correspondían a la habilitación de la empresa RAYSA S.A., que negó cualquier participación en la fabricación o comercialización del producto.

Por último, la Disposición 5662/2025 estableció la prohibición del uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, de todas las presentaciones de los productos identificados como aromatizantes de ambientes y textiles, difusores, sanitizantes de la marca “La Bonne Vie”, hasta tanto se encuentren debidamente regularizados.

Las actuaciones se iniciaron a partir de una denuncia recepcionada por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS). De esta manera, se tomó conocimiento sobre la comercialización de productos domisanitarios de marca “La Bonne Vie” sin registro.