La nueva ley recientemente sancionada se denomina régimen especial de contrato de trabajo para personal de casas particulares. Atrás quedó aquel viejo decreto ley 326/56 servicio doméstico, precisamente de 1956, un régimen especial que establecía condiciones laborales que no estaban presentes en la ley de contrato de trabajo. 

Todas las empleadas, no importa las horas que trabajen, deberán estar en blanco, cuando antes era a partir de las seis horas por semana de trabajo doméstico. 

Hay que tener en cuenta que la AFIP puede modificar los montos, pero que dentro de las preocupaciones de quienes trabajaron en este nuevo régimen está que no haya una estampida para informalizar trabajadoras (volver a contratarlas en negro), sino todo lo contrario. Desde las comisiones de Trabajo de Diputados y Senadores, se habló de que las empleadas domésticas trabajan para alguien que a su vez trabaja, y que por esto el empleador no puede tener las mismas obligaciones impositivas que un empresario. 

En una entrevista con Infobae, Lucía Sánchez, secretaria de la Unión Personal Auxiliar De Casas Particulares (UPACP) se enfocó en las principales dudas que surgen de empleados y empleadores a la hora de completar los nuevos formularios. “Ellas saben que ahora tienen una ley, se acercan o llaman por teléfono, y están recibiendo una buena respuesta de los empleadores”, completa. En la actualidad, hay un millón de trabajadores domésticos a nivel nacional y sólo el 30% está regularizado.

Las claves

• El pago por hora cuenta con un básico de $19,74, según la resolución del Ministerio de Trabajo, pero Sánchez dice que en el mercado se está pagando entre “25 y 30 pesos la hora”. Aunque el viático no es obligatorio por ley, los empleadores suelen abonarlo.

• Los aportes y contribuciones ahora se realizan a partir de una hora trabajada por semana. “Antes se hacían desde las seis horas semanales. Muchos empleadores y empleadas desconocen este cambio”, dice Sánchez. Esto significa que la relación laboral entra en vigencia desde que la persona empieza a trabajar.

• No importa que una empleada trabaje en varias casas; cada empleador debe anotar al personal doméstico en el Registro Especial de la Seguridad Social. Se realiza a través de la AFIP por Internet con la clave fiscal, y se completa el formulario 102/B de la AFIP. Si bien se puede hacer hasta el 30 de junio, en el sector creen que habría una prórroga.

• Con menos de 12 horas trabajadas por semana, el pago es de 20 pesos: $8 de aporte y $12 de contribuciones. Si el empleado trabaja entre 12 y 16 horas, son $15 de aporte y $24 de contribuciones. El importe máximo es de $135, con 100 pesos de aporte y 35 de contribuciones, por más de 16 horas semanales.