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El Poder Ejecutivo presentó en el Congreso un proyecto de ley que crea un nuevo régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.

La propuesta está destinada a personas humanas y sucesiones indivisas y apunta a reducir la carga administrativa para los contribuyentes, mejorar la eficiencia del sistema tributario y fomentar la repatriación de dólares no declarados.

La iniciativa forma parte de la reforma fiscal impulsada por Javier Milei y representa un cambio significativo en la forma de liquidar Ganancias para determinados sectores. Si bien no se trata de un blanqueo, el nuevo esquema busca atraer al sistema a quienes hoy mantienen capitales fuera del radar de la AFIP.

El especialista Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, analizó los principales puntos del proyecto:

Los 10 puntos clave del nuevo régimen

  1. Destinatarios: Personas humanas y sucesiones indivisas residentes en Argentina. No incluye sociedades ni fideicomisos. La adhesión es voluntaria.
  2. Requisitos: Ingresos anuales totales de hasta $1.000 millones y patrimonio global (local y exterior) inferior a $10.000 millones. No deben estar categorizados como “Grandes Contribuyentes Nacionales”.
  3. Adhesión y fiscalización: La incorporación será por declaración jurada. Si ARCA detecta incumplimientos, excluirá al contribuyente y exigirá los impuestos omitidos con las correspondientes sanciones.
  4. Declaración jurada prellenada: ARCA propondrá el cálculo del impuesto. El contribuyente solo podrá aceptarlo sin modificaciones. Si lo altera, pierde el beneficio del régimen simplificado.
  5. Efecto liberatorio: El pago dentro de los plazos previstos cancela la obligación tributaria de ese período, salvo que se detecten errores u omisiones relevantes.
  6. Presunción de exactitud: Las declaraciones de Ganancias e IVA serán consideradas válidas mientras no haya impugnaciones por parte del organismo recaudador.
  7. Discrepancia significativa: Se definirá así cuando la diferencia supere el 15% del saldo o los $100 millones. En esos casos, ARCA podrá auditar períodos anteriores no prescriptos.
  8. Fiscalización retroactiva limitada: Solo se aplicará si se verifican discrepancias significativas. Los contribuyentes regulares quedarán excluidos de estas auditorías.
  9. Exclusión de monotributistas: No podrán adherir mientras permanezcan en el monotributo. Deberán pasarse al régimen general si desean participar.
  10. No es un blanqueo: No exime de impuestos o sanciones por períodos anteriores. Tampoco implica amnistías ni protege ante delitos tributarios pasados.

La propuesta será debatida en el Congreso en las próximas semanas y se suma al paquete de medidas económicas que impulsa el oficialismo

Con información de Infobae.