La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó a través de su publicación en el Boletín Oficial, que prohibió la elaboración y comercialización de un queso tybo.
En la Disposición 9737/2022, publicada este lunes, el organismo fijó la prohibición de la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Queso tybo marca Villac, Ignacio Montarzzino, Zona rural – 2301 – Vila – Santa Fe, RNE N° 21-79410, RNP N° 21-033617, CG N° 21-003-50, SENASA S F 06049.’, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

Indicaron que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria. Fue a partir de una muestra que se tomó a un transporte de la provincia de Santa Fe en la localidad de San Guillermo, del producto cuyo RNE y RNPA son inexistentes, resultando así un producto ilegal.
Ante ello, se emitió la alerta alimentaria en el que prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la República Argentina, ya que el producto se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Y explicaron que al ser un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio argentino.
