El Gobierno nacional habilitó la importación de vehículos usados para usos especiales, medida que fue oficializada mediante el Decreto 293/2025, publicado en el Boletín Oficial y elaborado por la Secretaría de Industria y Comercio, a cargo de Esteban Marzoratti.
La decisión permitirá el ingreso al país de vehículos como motorhomes, camiones grúa, maquinaria forestal autopropulsada, camiones de bomberos, entre otros, bajo un régimen especial.
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Qué vehículos se podrán importar
El listado oficial incluye una amplia gama de vehículos pesados y especiales, como:
- Casas rodantes autopropulsadas (motorhomes)
- Camiones de bomberos y vehículos de emergencia
- Tractores de arrastre para minería y construcción
- Camiones grúa y de carga con más de cuatro ejes
- Máquinas forestales y vehículos de limpieza industrial
- Camiones con bombas de hormigón y quitanieves
Para ser admitidos, los vehículos deben ser autoportantes, es decir, tener motor y cabina de conducción incorporada, como es el caso de los motorhomes. Las casas rodantes remolcables continúan excluidas del régimen.
Los requisitos
Según el Gobierno, todos los vehículos que ingresen por esta vía y estén habilitados para circular por la vía pública deberán cumplir con la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449, incluyendo las exigencias de seguridad vial y normativa ambiental.
Además, se podrán utilizar certificaciones internacionales para facilitar el patentamiento, reduciendo trabas burocráticas tanto para empresas como para usuarios particulares.
El Ejecutivo nacional, por su parte, destacó que la medida busca abaratar costos de operación para sectores como la minería, la construcción, los eventos deportivos y el turismo rodante. También representa una oportunidad para los usuarios particulares, interesados en importar motorhomes para actividades recreativas o viviendas móviles.
El decreto actualiza una normativa vigente desde 1999, adaptándose a una demanda creciente y al desarrollo de nuevos modelos de movilidad.
