Patricia Bullrich.

El Ministerio de Seguridad de la Nación, emitió este miércoles la resolución 153, que refuerza los controles en las visitas para los internos de alto riesgos. La medida apunta a la detección de maniobras ilegales dentro de los penales del  Servicio Penitenciario Federal (SPF).

El documento cuenta con la firma de la ministra, Patricia Bullrich, y establece que cada preso “podrá recibir la visita de hasta dos familiares directos mayores de 16 años”.  Además, los encuentros se realizarán a través de un locutorio y cada 15 días con una duración de una hora.

El SPF requerir a la autoridad judicial a cuya disposición se encuentre detenido cada interno y al Ministerio Público Fiscal que por jurisdicción corresponda. El MPF debe informar si existe algún impedimento para autorizar las visitas de cada uno de los familiares directos solicitados por los internos incorporados en el sistema.

En el Ejecutivo explicaron que los cambios surgieron a raíz de la detención de nueve familiares y dos abogados de internos de alto riesgo, acusados de actuar como nexo con bandas criminales. A los implicados se los investiga por delitos como asociación ilícita, amenazas, secuestro extorsivo e incendio.

Esta medida forma parte del Plan Bandera, implementado en 2024, que cuenta con un esquema seguridad reforzada para contener la violencia narco en Santa Fe. Desde su puesta en marcha, se han puesto en marcha restricciones en comunicaciones telefónicas y visitas.

A su vez, tiene el agregado que los controles ahora se endurecen aún más para evitar que los internos sigan delinquiendo desde prisión. También cuentan con:

  • Visitas a familiares directos mayores de 16 años: cada interno podrá recibir hasta dos (2) visitas de familiares directos mayores de 16 años, sin contacto físico (a través de locutorio), cada 15 días, con una duración de 60 minutos.
  • Visitas a hijos menores de 16 años: los internos podrán recibir la visita de hijos menores de 16 años, bajo las mismas condiciones: sin contacto físicocada 15 días y con una duración de 60 minutos.
  • Requisitos de control: Las visitas deberán cumplir con todas las medidas establecidas en el Anexo I de la resolución correspondiente.
  • Autorización judicial: el Servicio Penitenciario Federal deberá consultar con la autoridad judicial y el Ministerio Público Fiscal para asegurarse de que no haya impedimentos para autorizar las visitas solicitadas por los internos.
  • Revocación de visitas: si se revoca la autorización de un visitante por parte de un interno, no podrá solicitarse su reingreso como visitante en un plazo de 6 meses.
  • Prohibición de visitas a personas con antecedentes: no se autorizará la visita de personas condenadas o bajo investigación por delitos.
  • Restricciones a apoderados y allegados: los internos no podrán recibir visitas de apoderados ni allegados.
  • Excepción para abogados defensores: las visitas de abogados defensores acreditados en los expedientes judiciales no estarán sujetas a estas restricciones.
  • Intervención en casos de delitos: el Servicio Penitenciario Federal deberá denunciar cualquier delito que se detecte en el contexto de estas visitas y podrá solicitar medidas de seguridad adicionales, como el monitoreo de visitas o la prohibición temporal de visitas.
  • Implementación inmediata: la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal deberá aplicar estas medidas de forma inmediata, además de las que ya se encuentran implementadas dentro del sistema.

La resolución