El Gobierno nacional flexibilizó en las últimas horas el cepo cambiario con una serie de medidas del Banco Central y de la Comisión Nacional de Valores.
Por un lado, las personas humanas ya no deberán liquidar los dólares por exportaciones de bienes, aunque sí deberán ingresarlos al país, y se iguala el criterio con servicios.
Asimismo, se elimina el tope de US$50 diarios para el retiro de efectivo en el exterior mediante tarjeta de crédito con lo cual se facilita el gastos fuera del país y permite un menor traslado de efectivo.
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En el caso de las empresas se extienden los plazos para ingresar divisas que pasan de de 60 a 180 días para exportaciones a filiales (si no superan US$200M anuales) y de 180 a 365 días para otros rubros como indumentaria.
A su vez se extiende a 365 días el plazo para bienes de capital.
Asimismo, se habilita el pago de Obligaciones Negociables y deudas comerciales hasta 3 días antes del vencimiento. Por otro lado se permite el al oficial para coberturas cambiarias de deudas en otras monedas.
