Cristian Oscar Oliva tiene 36 años y es soltero. No tiene hijos, terminó el secundario y dijo que era chofer de colectivo. Amplió ante las preguntas de los investigadores que tenía un parripollo y que se dedicaba a vender entradas en canchas de fútbol.

Era mano derecha de Daniel el Rengo Aguilera (38) en la barra brava del club Godoy Cruz Antonio Tomba y de allí nacieron los negocios de narcotráfico ligados con el fútbol.

Estaba privado de su libertad en una casa de Luján pero perdió el beneficio hace pocos días porque detectaron que manipuló indebidamente la unidad de control residencial que permitía conectarse con la tobillera.

De allí nació una historia procesal en los Tribunales Federales que terminó con Oliva en el Complejo Federal VI de Cacheuta.

Ver también: Condenaron al Rengo a 12 años por liderar una banda narco desde el penal

El principio

El 29 de julio de este año, los jueces María Paula Marisi, Héctor Cortés y Roberto Naciff condenaron a Cristian Oliva a 8 años de cárcel y multa de 200.000 pesos por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la participación de tres o más personas.

Fue por la megacausa por violar la ley 23.737 que se le inició en setiembre del 2017 a su jefe directo, el Rengo, quien también terminó siendo culpable en ese proceso y recibió 12 años de encierro.

Escuchas telefónicas confirmaron que Aguilera les daba órdenes a Oliva y a otros hombres para que comercializan estupefacientes mientras él se encontraba en una celda de la cárcel de Boulogne Sur Mer.

Otro sujeto llamado Marcelo el “Colo” Ruiz y un par de penitenciarios (acusados de tener contacto con los barras) también fueron hallados culpables.

Oliva había llegado a debate con el beneficio de la detención domiciliaria, algo llamativo en este tipo de causas por la dura calificación que recaía sobre él.

La fiscalía se había opuesto a la medida al sostener que existía riego de fuga y entorpecimiento de la investigación.

A pesar de esto, durante la instrucción se hizo lugar a un pedido de la defensa para que dejara la cárcel argumentando que debía cuidar a un familiar.

Así fue como, el 27 de junio del 2019, entendieron que era la única persona que podía estar a cargo del cuidado de un medio hermano a quien le diagnosticaron distrofia muscular, síndrome de Down y retraso mental moderado.

Pero todo cambió después de la sentencia en su contra y de una serie de informes que confirmaron que realizaba movimientos extraños en la propiedad donde pasaba sus días.

La fiscal de Cámara María Gloria André había solicitado una revisión de la detención domiciliaria durante los alegatos del juicio basándose en que otras personas podían estar a cargo del hermano de Oliva y el citado tribunal inició un incidente de revisión del beneficio.

Hace pocos días, los jueces le dieron la razón al Ministerio Público y dejaron sin efecto la resolución que le permitía al condenado cumplir la pena lejos de un centro carcelario.

Constataron que Oliva efectuaba salidas no autorizadas por cortos períodos de tiempo de la casa donde pasaba sus días en el barrio Nogal III de Carrodilla, y que maniobró indebidamente el equipo de control satelital “con la evidente finalidad de que el rango de cobertura se ampliara hacia fuera de su domicilio sin que fuera detectado”, argumentaron los jueces para quitarle el beneficio.

Descubierto

El caso Oliva, como se lo conoce en los Tribunales Federales, recibió un tratamiento extenso de parte del Tribunal Oral Federal Nº2 (TOF).

Analizaron cada uno de los informes sobre la salud de su hermano y los presentados por el Centro de Monitoreo Electrónico referidos a los movimientos inusuales que evidenciaba la tobillera o pulsera que llevaba en uno de sus pies.

Oliva había accedido a la detención domiciliaria al comprobarse en la instrucción que su presencia en el hogar era necesaria para darle asistencia a su hermano, que padece la enfermedad degenerativa.

El padre de este joven (pareja de la madre de Oliva, una mujer que falleció hace tres años), también tiene problemas de salud –presenta una discapacidad motriz que le impide desplazarse con normalidad– y una hermana vive en Barcelona, en España, por lo que no había familiar que le brindara los cuidados necesarios.

Sin embargo, en el incidente que inició el TOF Nº2 se incorporaron y analizaron nuevos informes y estudios médicos que afirmaban que el progenitor del chico con síndrome de Down, a pesar de sus problemas motrices, era quien lo acompañaba a realizar cada uno de sus tratamientos, por ejemplo, al Hospital Italiano de Buenos Aires.

Sumado a esto, los escritos elevados por la Dirección de Monitoreo de la Provincia sobre los movimientos del dispositivo electrónico georreferencial motivaron un tratamiento particular.

El área explicó, por citar casos testigo, que los días 29 de julio, 8 y 14 de agosto, y 4 y 7 de octubre, se detectaron salidas no autorizadas del sentenciado, “las que en numerosas ocasiones fueran seguidas de ausencia de respuesta a los llamados telefónicos de control efectuados” por las autoridades.

Ver también: Ahora investigan al Rengo Aguilera como jefe narco

Debido a esto, personal técnico era enviado hasta el domicilio para analizar el dispositivo satelital. La respuesta de los profesionales fue siempre la misma: que se encontraba en perfecto estado.

Con el paso de los días, continuaron detectado una actividad anormal de la pulsera en la vivienda y problemas para comunicarse con el dispositivo de monitoreo que la controla.

En una de las visitas observaron que la unidad, situada originalmente en el sector medio de la casa para no generar zonas grises que provoquen errores de enlace con la tobillera, había sido trasladada hacia una ventana próxima a la vereda. Esto le permitía al reo alcanzar zonas o sectores no autorizados.

Todas las alertas quedaron registradas en el sistema y presentadas antes las autoridades judiciales para su análisis.

“Con su inconducta, no sólo ha trasgredido las restricciones inherentes a la modalidad de la detención domiciliaria, sino también la noble finalidad que tornaba justificable su presencia en el inmueble que habita su hermano menor”, señaló la jueza Marisi.

Ver también: Juicio contra el Rengo: las escuchas que lo ponen como jefe narco

Así las cosas, el tribunal revocó la domiciliaria del condenado por comercio de drogas y dispuso que quede alojado en el Complejo Penitenciario VI ubicado en Luján.