La diputada provincial Macarena D’Ambrogio, de La Libertad Avanza, presentó un proyecto para modificar la Ley de Tránsito 9024 y el Código Contravencional de Mendoza. La iniciativa propone endurecer las sanciones para quienes conduzcan bajo los efectos de estupefacientes, equiparar la negativa a realizar un narcotest con un resultado positivo y establecer un nuevo esquema de penalidades según la sustancia detectada.

La propuesta parte de la premisa de que la inseguridad vial constituye una de las principales causas de muerte evitable y sostiene que la normativa vigente debe actualizarse para fortalecer los controles y evitar que los conductores eludan las sanciones.

En los fundamentos, D’Ambrogio, afirma que la Provincia ya cuenta con un régimen sobre conducción bajo los efectos de drogas, por lo que plantea modificar e integrar las leyes 9024 y 9099 en lugar de crear un sistema sancionatorio paralelo.

Uno de los cambios más importantes establece que cualquier conductor estará obligado a someterse a los controles de detección de estupefacientes que determine la reglamentación. Si se niega de manera injustificada a realizar el narcotest, la conducta será considerada una falta gravísima y producirá los mismos efectos administrativos que un resultado positivo.

Sanciones según el tipo de droga

A diferencia del régimen actual, el proyecto propone diferenciar las penas según la sustancia detectada. El cannabis y sus derivados pasarían a ser considerados de “riesgo bajo“, con multas de entre 3.000 y 6.000 Unidades Fijas e inhabilitación para conducir de entre 30 y 180 días.

En cambio, para las drogas clasificadas como de riesgo medio —como cocaína, opiáceos y benzodiacepinas sin uso terapéutico autorizado— y de riesgo alto —anfetaminas, metanfetaminas o la combinación de dos o más sustancias, incluso junto con alcohol— se incorporaría un nuevo artículo al Código Contravencional con sanciones más severas. Las multas podrían alcanzar las 11.000 Unidades Fijas, además de arresto de hasta 120 días e inhabilitación para conducir por un plazo máximo de 545 días.

El proyecto también dispone que en estos casos no podrá reemplazarse la multa o el arresto por trabajo comunitario y que el juez deberá ordenar la asistencia obligatoria a cursos de capacitación, prevención o conducción responsable.

Cambios en la retención del vehículo y la licencia

La iniciativa modifica el artículo 99 bis de la Ley 9024 para establecer que los vehículos retenidos por infracciones relacionadas con la conducción bajo los efectos de alcohol o drogas no serán restituidos hasta que el infractor haya cumplido la sanción correspondiente.

Además, incorpora una modificación sobre la duración de las licencias de conducir. Si bien mantiene la vigencia general de diez años para conductores de hasta 65 años, reduce ese plazo a cinco años para quienes reincidan en infracciones vinculadas al consumo de alcohol o estupefacientes al volante.

Un protocolo obligatorio para ordenar los narcotest

Otra de las novedades es que la reglamentación deberá fijar un procedimiento objetivo para la realización de los controles. Antes de ordenar un narcotest, el agente deberá constatar y dejar asentado en un acta al menos un indicador compatible con una posible alteración psicofísica del conductor, como anomalías oculares, dificultades en el habla, problemas de coordinación motriz, alteraciones en la conducta o signos físicos compatibles con un consumo reciente de sustancias.

El proyecto también encomienda al Poder Ejecutivo reglamentar, en un plazo de 90 días desde una eventual aprobación, las sustancias alcanzadas por los controles, los dispositivos homologados, los umbrales de detección y los protocolos técnicos que deberán aplicar las fuerzas de control.